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BUSCADOR
P900
INSTRUCCIÓN DE EMBALAJE
P900
(Reservado)
P901
INSTRUCCIÓN DE EMBALAJE
P901
Esta instrucción se aplica al número ONU 3316.
Los embalajes siguientes están autorizados si satisfacen las disposiciones generales de las secciones 4.1.1 y
4.1.3:
Envases y embalajes que satisfagan el nivel de prueba que corresponde al grupo de embalaje al cual está
afectado el conjunto del estuche o maletín (véase la disposición especial 251 en la sección 3.3.1).
Cantidad máxima de mercancía peligrosa por embalaje exterior: 10 Kg.
Disposición suplementaria:
Las mercancías peligrosas en estuches o maletines deberán ir encerradas en envases interiores con una capacidad
que no exceda de 250 ml ó de 250 g y deberán estar protegidos de las demás materias que contengan los estuches
o maletines.
P902
INSTRUCCIÓN DE EMBALAJE
P902
Esta instrucción se aplica al número ONU 3268.
Los embalajes siguientes están autorizados si satisfacen las disposiciones generales de las secciones 4.1.1 y
4.1.3:
Envases y embalajes que satisfagan el nivel de prueba del grupo de embalaje III. El envase y embalaje, debe
estar diseñado y fabricado de modo que impida el movimiento de los objetos y su puesta en funcionamiento
accidental en condiciones normales del transporte.
Los objetos podrán ser transportados sin embalar en dispositivos de manipulación especiales o en vehículos o
contenedores especialmente acondicionados, cuando se transporten desde el lugar de fabricación al lugar de
montaje.
Disposición suplementaria:
El recipiente a presión debe satisfacer las disposiciones de la autoridad competente para la o las materias que
contenga.
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