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BUSCADOR
P400
INSTRUCCIÓN DE EMBALAJE
P400
Los embalajes siguientes están autorizados si satisfacen las disposiciones generales de las secciones 4.1.1 y
4.1.3:
1) Los recipientes a presión, cuando se cumplan las disposiciones generales de 4.1.3.6. Deberán ser de acero
y deben someterse a una prueba inicial seguida de otras periódicas cada 10 años a una presión que no sea
inferior a 1 MPa (10 bar, presión manométrica). Durante el transporte, el líquido deberá estar recubierto de
una capa de gas inerte cuya presión manométrica no sea inferior a 20 kPa (0,2 bar);
2) Cajas (4A, 4B, 4C1, 4C2, 4D, 4F ó 4G) bidones (1A2, 1B2, 1N2, 1D ó 1G) o cuñetes (jerricanes) (3A2 ó
3B2) que contengan recipientes herméticamente cerrados de metal provistos de envases interiores de vidrio
o metal, cuyo contenido no sobrepase cada uno de 1 litro y provistos de un tapón roscado con junta. Los
envases interiores deben estar protegidos por todos sus costados con material de relleno seco, absorbente e
incombustible en cantidad suficiente para absorber la totalidad del contenido. Los envases interiores no
deben ser llenados con más del 90% de su capacidad. Los embalajes exteriores deben tener una masa neta
máxima de 125 kg;
3) Bidones de acero, de aluminio o de otro metal (1A2, 1B2 ó 1N2), cuñetes (jerricanes) (3A2 ó 3B2) o cajas
(4A ó 4B) de una masa neta máxima de 150 kg. cada uno, que contengan recipientes metálicos cerrados
herméticamente cuyo contenido no sobrepase 4 litros cada uno provistos de un tapón roscado con junta.
Los envases interiores deben estar protegidos por todos sus costados con material de relleno seco,
absorbente e incombustible en cantidad suficiente para absorber la totalidad del contenido. Los envases
interiores irán separados unos de otros por medio de un tabique de material de relleno amortiguador. Los
envases interiores no deben ser llenados con mas del 90% de su capacidad.
Disposiciones especiales de embalaje especificadas en el RID y en el ADR:
PP86
Para losONU 3392 y 3394, el aire debe evacuarse de la fase gaseosa por medio de nitrógeno o por
otros medios.
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INSTRUCCIÓN DE EMBALAJE
P401
Los embalajes siguientes están autorizados si satisfacen las disposiciones generales de las secciones 4.1.1 y
4.1.3:
1) Los recipientes a presión, cuando se cumplan las disposiciones generales de 4.1.3.6. Deberán ser de acero
y someterse a una prueba inicial seguida de otras periódicas cada 10 años a una presión que no sea inferior
a 0,6 MPa (6 bar, presión manométrica). Durante el transporte, el líquido deberá estar recubierto de una
capa de gas inerte cuya presión manométrica no sea inferior a 20 kPa (0,2 bar);
Envase
Embalaje
interior
exterior
2) Embalajes combinados constituidos por envases interiores
30 kg.
de vidrio, metal o plástico provistos de un tapón roscado y
1 litro
(masa neta máxima)
rodeados de un material de relleno inerte y absorbente, en
cantidad suficiente para absorber la totalidad del contenido.
Disposiciones especiales de embalaje especificadas en el RID y en el ADR:
RR7
Para losONU 1183, 1242, 1295 y 2988, los recipientes a presión se someterán a pruebas cada cinco
años.
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