c)
el método de la "suma de los componentes clasificados" y/o la aplicación de una
"fórmula de adición".
La figura del 2.2.9.1.10.4.2 esquematiza el proceso que hay que seguir.
Figura 2.2.9.1.10.4.2: Enfoque secuencial para clasificar mezclas por sus riesgos para el medio
ambiente acuático según su toxicidad aguda y crónica
Datos experimentales disponibles sobre la toxicidad acuática de la mezcla en su conjunto
No
Sí
CLASIFICAR
la mezcla en función del
peligro de toxicidad
aguda/crónica
(2.2.9.1.10.4.3)
Datos suficientes
Sí
disponibles sobre
Aplicar los principios de extrapolación
CLASIFICAR
mezclas similares para
(2.2.9.1.10.4.4)
la mezcla en función del
estimar los peligros
peligro de toxicidad
aguda/crónica
No
Aplicar el método sumatorio
Toxicidad acuática o
Sí
(2.2.9.1.10.4.6.1 a 2.2.9.1.10.4.6.4)
CLASIFICAR
bien datos disponibles
usando:
la mezcla en función del
· Porcentaje de todos los componentes
para clasificar todos los
peligro de toxicidad
componentes relevantes
aguda/crónica
clasificados como "tóxicos crónicos"
· Porcentaje de los componentes
clasificados como "tóxicos agudos"
· Porcentaje de los componentes con
datos de toxicidad aguda: aplicar la
No
fórmula de adición (2.2.9.1.10.4.5.2) y
convertir la C(E)L50 en la categoría
apropiada de "toxicidad aguda"
Aplicar el método sumatorio y la fórmula
CLASIFICAR
Utilizar los datos
de adición (2.2.9.1.10.4.6.1 a
la mezcla en función de
disponibles sobre el
2.2.9.1.10.4.6.4) y aplicar 2.2.9.1.10.4.6.5.
peligro de toxicidad
peligro de los
aguda/ crónica
componentes conocidos
2.2.9.1.10.4.3 Clasificación de las mezclas cuando se dispone de datos sobre la mezcla como tal
2.2.9.1.10.4.3.1Cuando se hayan realizado ensayos sobre la mezcla como tal para determinar su toxicidad
acuática, se clasificará con arreglo a los criterios adoptados para las materias, pero sólo
para la toxicidad aguda. La clasificación se basará en los datos sobre peces, crustáceos,
algas/plantas. La clasificación de mezclas en la categoría de toxicidad crónica, a partir de
los datos de CL50 o CE50 no es poisble, ya que se necesitan datos sobre la toxicidad y
sobre el destino/comportamiento de la mezcla en el medio ambiente y no existen datos
sobre la degradabilidad y la bioacumlación para las mezclas como tales. Los criterios de
clasificación para la toxicidad crónica no son aplicables en este caso porque no se pueden
interpretar los resultados de los ensayos de degradabilidad y bioacumulación de las
mezclas. Estos datos sólo tienen sentido cuando se aplican a materias individuales.
2.2.9.1.10.4.3.2Cuando se disponga de datos de los ensayos sobre toxicidad aguda (CL50 o CE50) para la
mezcla como tal, esos datos, así como la información respecto de la clasificación de los
componentes según su toxicidad crónica, se usarán para completar la clasificación de las
mezclas sometidas a ensayo del modo que se indica a continuación. Se utilizarán además,
los datos sobre la toxicidad crónica (a largo plazo) (CSEO), cuando se disponga de ellos.
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