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BUSCADOR
Si el país de origen no es un país Parte contratante del ADR, estos métodos deben estar
revalidados por la autoridad competente del primer país Parte contratante del ADR, que
toque el envio.
Gases comburentes
Son gases que pueden causar o favorecer más que el aire, en general mediante le aportación
de oxígeno, la combustión de otras materias. El poder comburente se determinará, bien por
medio de pruebas, o por cálculo, según los métodos aprobados por la ISO (véase la norma
ISO 10156:1996 y la ISO 10156-2:2005).
Gases tóxicos
NOTA: Los gases que respondan parcial o totalmente a los criterios de toxicidad por su
corrosividad, deberán clasificarse como tóxicos. Véanse también los criterios bajo el título
"Gases corrosivos" para un posible riesgo subsidiario de corrosividad.
Son gases que:
a)
son conocidos por ser tóxicos o corrosivos para los seres humanos hasta el punto de
representar un peligro para su salud; o
b)
se supone que son tóxicos o corrosivos para los seres humanos a causa de que su CL50
para la toxicidad aguda es inferior o igual a 5.000 ml/m3 (ppm) cuando son sometidos
a ensayos realizados conforme a 2.2.61.1.
Para la clasificación de las mezclas de gases (comprendidos los vapores de materias de otras
clases), se podrá utilizar la fórmula siguiente:
1
CL50 (mezcla) tóxica =
n
fi
T
i=1
i
=
fracción molar del i-esimo componente de la mezcla;
donde fi
Ti
=
grado de toxicidad del i-esimo componente de la mezcla.
Ti es igual a la CL50 indicada en la instrucción de embalaje P200 del
4.1.4.1.
Cuando el valor CL50 no se recoja en la instrucción de embalaje P200 del
4.1.4.1, será preciso utilizar la CL50 disponible en la literatura científica.
Cuando el valor CL50 sea desconocido, el grado de toxicidad se calculará
a partir del valor CL50 más bajo de las materias que tengan efectos
fisiológicos y químicos semejantes, o mediante la realización de ensayos,
si esta fuera la única posibilidad práctica.
Gases corrosivos
Los gases o mezclas de gases que respondan enteramente a los criterios de toxicidad por su
corrosividad deberán clasificarse como tóxicos con un riesgo subsidiario de corrosividad.
Una mezcla de gases que sea considerada como tóxica a causa de sus efectos combinados de
corrosividad y toxicidad, presenta un riesgo subsidiario de corrosividad cuando se sepa, por
experiencia humana, que ejerce un efecto destructor sobre la piel, los ojos o las mucosas, o
cuando el valor CL50 de los componentes corrosivos de la mezcla sea inferior o igual a
5.000 ml/m3 (ppm) cuando se calcula según la fórmula:
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