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BUSCADOR
División 1.3 (grupos de compatibilidad H y J);
Clase 7:
ONU 2977 y 2978.
Cuando la masa neta de materias explosivas por unidad de transporte es superior a 5000 kg.:
Clase 1:
División 1.3 (grupos de compatibilidad C y G).
Cuando se transporte en cisternas:
Clase 2:
Códigos de clasificación 2A, 2O, 3A y 3O y los códigos de clasificación T,
TC, TO y TOC;
Clase 3:
Grupo de embalaje I para los códigos de clasificación FC, FT1, FT2 y FTC;
Clase 6.1
Grupo de embalaje I;
Clase 8:
Grupo de embalaje I para el código de clasificación CT1, CFT y COT.
Categoría de túnel D:
Restricciones al transporte de mercancías peligrosas susceptibles de provocar una explosión
muy importante, una explosión importante o una fuga importante de materias tóxicas o un
incendio importante;
Están consideradas como que cumplen este criterio1:
-
las mercancías peligrosas sujetas a restricciones en túneles de la categoría C; y
-
las mercancías peligrosas que figuran a continuación:
Clase 1:
División 1.3 (grupos de compatibilidad C y G);
Clase 2:
Códigos de clasificación F, FC, T, TF, TC, TO, TFC y TOC;
Clase 4.1:
Materias autorreactivas de los tipos C, D, E y F; y
ONU 2956, 3241, 3242 y 3251;
Clase 5.2:
Peróxidos orgánicos de los tipos C, D, E y F;
Grupo de embalaje I para los códigos de clasificación TF1 y TFC; y
Clase 6.1:
Grupos de materias tóxicas por inhalación (nº ONU 3381 a 3390);
Clase 8:
Grupo de embalaje I para el código de clasificación CT1, CFT y COT;
Clase 9:
Códigos de clasificación M9 y M10.
Cuando se transporte a granel o en cisternas:
Clase 3
Clase 4.2:
Grupo de embalaje II;
Clase 4.3:
Grupo de embalaje II;
Grupo de embalaje II; y
Clase 6.1:
Grupo de embalaje III para el código de clasificación TF2;
Grupo de embalaje I para los códigos de clasificación CF1, CFT y CW1;y
Clase 8:
Grupo de embalaje II para el código de clasificación CF1 y CFT;
Clase 9:
Códigos de clasificación M2 y M3.
Categoría de túnel E:
Restricciones al transporte de todas las mercancías peligrosas salvo losONU 2919, 3291,
3331, 3359 y 3373.
NOTA: Para las mercancías peligrosas asignadas a losONU 2919 y 3331, las
restricciones para el paso en los túneles podrán depender de los compromisos de los
acuerdos especiales aprobados por la/s autoridad/es competente/s en base al 1.7.4.2.
1.9.5.3
Disposiciones relativas a la señalización en carretera y a la notificación de itinerarios
1.9.5.3.1
Las Parte contratantes deben indicar las prohibiciones y los itinerarios alternativos a los
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La evaluación pretende tener en consideración las propiedades peligrosas intrínsecas de las mercancías, los medios de
retención y las cantidades transportadas.
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