"Recipiente" (para la clase 1), una caja, una botella, un bidón, una tinaja o un tubo junto con
sus medios de cierre sea cual sea su naturaleza, utilizado como envase interior o embalaje
intermedio;
"Recipiente a presión", un término genérico para una botella, un tubo, un bidón a presión o
botellón, un recipiente criogénico cerrado y un bloque de botellas;
"Recipiente criogénico", recipiente a presión transportable aislado térmicamente, para gases
licuados refrigerados, cuya capacidad no exceda los 1.000 litros;
"Recipiente de pequeña capacidad que contiene gas", véase "cartucho de gas";
"Recipiente interior", recipiente que debe estar provisto de un embalaje exterior para poder
desempeñar su función de retención;
"Recipiente interior rígido", (para los GRG (IBC) compuestos), recipiente que conserva su
forma general cuando está vacío sin que los cierres estén puestos y sin el apoyo de la envoltura
exterior. Todo recipiente interior que no sea "rígido" es considerado como "flexible";
"Reglamento CEE", Reglamento anejo al Acuerdo referente a la adopción de disposiciones
técnicas uniformes aplicables a los vehículos de ruedas, a los equipos y a las piezas
susceptibles de ser montadas o utilizadas en un vehículo con ruedas y las condiciones de
reconocimiento recíproco de las homologaciones entregadas de acuerdo con estas
disposiciones (Acuerdo de 1958, modificado);
"Reglamento tipo de la ONU", el Reglamento tipo anejo a la decimoquinta edición revisada
de las Recomendaciones referentes al transporte de mercancías peligrosas publicada por la
Organización de las Naciones Unidas (ST/SG/AC.10/1/Rev.15);
"Residuos", materias, disoluciones, mezclas u objetos que no pueden ser utilizados tal cual,
pero que son transportados para ser retirados, depositados en un vertedero o eliminados por
incineración o por otro método;
"Revestimiento", un recubrimiento tubular o un saco colocado en el interior, pero que no
forma parte integrante de un embalaje, incluido de un gran embalaje o de un GRG (IBC),
comprendidos los medios de obturación de sus aberturas;
"RID", el Reglamento referente al transporte internacional por ferrocarril de mercancías
peligrosas, Apéndice C del COTIF;
S
"Saco", embalaje flexible de papel, láminas de plástico, textil, material tejido u otro material
apropiado;
"Sistema de confinamiento", para transporte de materias de la clase 7, se refiere al conjunto de
sustancias fisionables y componentes del embalaje especificados por el autor del diseño y
aprobados por la autoridad competente al objeto de mantener la seguridad con respecto a la
criticidad;
"Sistema de contención", para el transporte de materias de la clase 7, se refiere al conjunto
de componentes del embalaje que, por especificación del diseñador, están destinados a
contener el material radiactivo durante el transporte;
"Sobreembalaje", envoltura utilizada (por un mismo expedidor en el caso de la clase 7) para
contener uno o varios bultos y lograr hacer de ellos una unidad de más fácil manejo y estiba
durante el transporte. Ejemplos de sobreembalajes:
a)
una plataforma de carga, tal como un palet sobre el que se puedan colocar o apilar
varios bultos, que irán sujetos mediante tiras de plástico, una funda de lámina retráctil
o que sea estirable, o por otros medios adecuados; o
b)
un embalaje exterior de protección como una caja o un jaulón de embalaje;
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