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7SR, Reino Unido);
"Índice de seguridad respecto a la criticidad (CSI - Criticality safety index)" para el transporte
de materias de la clase 7, se refiere a un número que se asigna a un bulto, sobreembalaje o
contenedor que contenga sustancias fisionables, que (GRG (IBC)) se emplea para poder controlar
la acumulación de bultos, sobreembalajes o contenedores que contengan sustancias fisionable;
"Índice de transporte (TI)(IT)" para el transporte de materias de la clase 7, se refiere a un
número asignado a un bulto, sobreembalaje o contenedor, o a un LSA-I (BAE-I) o SCO-I
(OCS-I) sin embalar, que se utiliza para controlar la exposición a la radiación;
"ISO" (Norma), una norma internacional publicada por la Organización internacional de
normalización (ISO), (ISO - 1 rue de Varembé- CH 1204 Genève 20);
J
"Jaulón de embalaje", un embalaje exterior con paredes de tablillas separadas;
"Jerrican", véase "Cuñete";
L
"Líquido", una materia que, a 50° C, tiene una tensión de vapor de como máximo 300 kPa (3
bar) y que no es totalmente gaseosa a 20° C y 101,3 kPa, y que
-
tiene un punto de fusión o un punto de fusión inicial igual o inferior a 20 ºC a una
presión de 101,3 kPa; o
-
es líquido según el método de prueba ASTM D 4359-90; o
-
no es pastoso según los criterios aplicables a la prueba de determinación de la fluidez
(prueba de penetrómetro) descrita en el 2.3.4;
NOTA: Se considera como transporte en estado líquido en el sentido de las disposiciones
para las cisternas:
-
el transporte de líquidos según la definición anterior;
-
el transporte de materias sólidas transportadas en estado fundido.
M
"Mantenimiento rutinario de un GRG (IBC) flexible": véase Gran recipiente para granel;
"Mantenimiento rutinario de un GRG (IBC) rígido", véase Gran recipiente para granel;
"Manual de Pruebas y de Criterios", la cuarta edición revisada de la publicación de naciones
Unidas titulada "Recomendaciones relativas al transporte de mercancías peligrosas, Manual de
Pruebas y Criterios" (ST/SG/AC.10/11/Rev.4/Amend.1 y ST/SG/AC.10/11/Rev.4/Amend.2);
"Masa máxima bruta admisible"
a)
(para todas las categorías de GRG (IBC) distintos de los GRG (IBC) flexibles), la
suma de la masa del GRG (IBC) y de todo equipo de servicio o de estructura y de la
masa neta máxima;
b)
(para las cisternas), la tara de la cisterna y la carga más pesada cuyo transporte está autorizado;
NOTA: Para las cisternas portátiles, véase capítulo 6.7.
"Masa de un bulto", excepto si se indica lo contrario, la masa bruta del bulto. La masa de los
contenedores y de las cisternas utilizadas para el transporte de las mercancías no está
comprendido en las masas brutas;
El acrónimo TI corresponde al término inglés "Transport Index".
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