<<  <  >  >>
FORO

2 Cuando en un puesto de
trabajo se sobrepasen los
90 dB(A) o los 140 dB de
pico, éste se delimitará, se
restringirá el acceso a las
personas ajenas a dicho
trabajo, y se señalizará el
riesgo. (RD 1316/89).
Medidas preventivas
574