1 No existirán líneas
eléctricas en las zonas de
circulación o de trabajo de
las máquinas y/o vehículos
que no superen el gálibo de
los mismos o que estén a
menos de 5 m si son de
alta tensión o de 3 m si son
de media o baja tensión, ya
que en caso de contacto se
podría producir
electrocución.
Medidas preventivas
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