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FORO

2 El expedidor facilitará a
los conductores las
instrucciones escritas en las
que se contengan las
recomendaciones de
seguridad para la
prevención de riesgos en
caso de accidentes; dichas
instrucciones deberán estar
recogidas en un documento
que lleve claramente el
nombre de "Fichas de
Seguridad". Estas
instrucciones habrán de ser
seguidas por el conductor y
sus ayudantes ante cualquier
situación de accidente o avería. (RD 74/92)
Medidas preventivas
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