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FORO
18 En
las
escalas
fijas
existirá
prolongación
de la
escala
1m
por
encima de la
superficie a la
que
se
desea
acceder
y existirá
protección perimetral
para
escalas
de
altura
superior
a
4 m. (RD
486/97).
Medidas
preventivas
95