1 La anchura mínima de las
puertas será la necesaria
para garantizar la
evacuación de acuerdo a
las fórmulas de cálculo de
las Normas que fuesen de
aplicación y como mínimo
de 0.80 m las de una hoja
o de 1.2 m si son de 2
hojas.
El ancho de las hojas es
menor de 1.2 m y mayor
de 0.6 m. (NBE-CPI-96).
Medidas preventivas
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