7 Los lugares de trabajo en
los que sin contar con
locales de descanso, el
trabajo se interrumpa
regular y frecuentemente,
dispondrán de espacios
donde los trabajadores
puedan permanecer
durante esas
interrupciones, si su
presencia durante las
mismas en la zona de
trabajo supone un riesgo
para su seguridad o salud o
para la de terceros. (RD
486/97).
Medidas preventivas
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