R
Descripción
Permanecerán en dicha categoría y desarrollando
las mismas funciones que en la actualidad, las
personas que con tal carácter fueron transferidas
mediante los Reales Decretos 905 (LC. y L. 1995\240)
y 906/1995, de 2 de junio (L. C. y L. 1995\241).
Riesgos
➔ Caídas a distinto nivel desde escalera manual por incorrecta
utilización o mal estado de la misma.
➔ Caídas al mismo nivel por suelos resbaladizos o obstáculos en zonas
de paso (cables, material).
➔ Choques contra objetos inmóviles (mobiliario oficina, cajones abiertos,
material).
➔ Cortes y/o pinchazos por útiles de oficina (cúter, tijeras, guillotina...).
➔ Sobreesfuerzos o fatiga mental por carga de trabajo.
➔ Disconfort ambiental por inadecuadas condiciones medioambientales.
➔ Incendios por existencia de material combustible (papel, cartón, tóner
y/o material de oficina diverso) y focos de ignición (deficiente
aislamiento conductores, conexiones múltiples, colillas, ...).
➔ Sobreesfuerzos o fatiga visual por iluminación insuficiente,
deslumbramientos, reflejos o exceso tiempo frente a pantallas de
visualización de datos.
➔ Sobreesfuerzos o fatiga muscular por la adopción de posturas no
ergonómicas en el puesto de trabajo.
Medidas preventivas
➔ Las escaleras de mano deben contar con zapatas antideslizantes y
cadenas que impidan la apertura de las escaleras de tijera.
➔ Mantener en todo momento el orden y limpieza en el puesto de trabajo.
➔ Suministrar contenedores o depósitos de recogida y medios de limpieza
favorece el orden y limpieza.