Grue à tour
Tower crane
Redactor:
Juan J. Bellmunt Bellmunt
Arquitecto Técnico
CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA - BARCELONA
La presente NTP pretende dar a conocer los principales riesgos y las medidas preventivas a adoptar en la utilización y montaje de la grúa-torre.
La grúa-torre es una máquina empleada para la elevación de cargas, por medio de un gancho suspendido de un cable, y su transporte, en un radio de varios metros, a todos los niveles y en todas direcciones. Esté constituida esencialmente por una torre metálica, con un brazo horizontal giratorio, y los motores de orientación, elevación y distribución o traslación de la carga, disponiendo además un motor de traslación de la grúa cuando se encuentra dispuesta sobre carriles (Fig. 1).
Fig. 1
La torre de la grúa puede empotrarse en el suelo, inmovilizada sin ruedas o bien desplazable sobre vías rectas o curvas. Las operaciones de montaje deben ser realizadas por personal especializado. Asimismo las operaciones de mantenimiento y conservación se realizarán de acuerdo con las normas dadas por el fabricante.
A continuación se analizarán en forma detallada las diferentes funciones que se realizan con la grúa así como sus riesgo y medidas preventivas.
Riesgos directos
Trabajos de montaje, desmontaje y mantenimiento |
En la utilización |
Riesgos indirectos
Durante la utilización |
Antes de iniciar el funcionamiento:
EI gruista debe probar el buen funcionamiento de todos los movimientos y de los dispositivos de seguridad. Previamente se deben poner a cero todos los mandos que no lo estuvieran.
Durante el funcionamiento:
El gruista debe saber que no se han de utilizar las contramarchas para el frenado de la maniobra. Para que el cable esté siempre tensado se recomienda no dejar caer el gancho al suelo. El conductor de la grúa no puede abandonar el puesto de mando mientras penda una carga del gancho. En los relevos debe el gruista saliente indicar sus impresiones al entrante sobre el estado de la grúa y anotarlo en un libro de incidencias que se guardará en la obra. Los mandos han de manejarse teniendo en cuenta los efectos de inercia, de modo que los movimientos de elevación, traslación y giro cesen sin sacudidas. Si estando izando una carga se produce una perturbación en la maniobra de la grúa, se pondrá inmediatamente a cero el mando del mecanismo de elevación. Los interruptores y mandos no deben sujetarse jamás con cuñas o ataduras. Sólo se deben utilizar los aparatos de mando previstos para este fin.
Se prohibirá arrancar con la grúa objetos fijos. El conductor debe observar la carga durante la traslación. Dará señales de aviso antes de iniciar cualquier movimiento.
Se debe evitar dentro de lo posible que la carga vuele por encima de las personas. Estará totalmente prohibido subir personas con la grúa así como hacer pruebas de sobrecarga a base de personas.
Existirá un libro de obligaciones del gruista a pie de obra.
Obligaciones diarias del gruista
Comprobar el funcionamiento de los frenos.
Observar la normalidad de funcionamiento de la grúa, solo si se perciben ruidos o calentamientos anormales.
Verificar el comportamiento del lastre.
Colocar la carga de nivelación para evitar que el cable de elevación quede destensado y enrolle mal en el tambor de elevación.
Al terminar el trabajo subir el gancho hasta el carrito, amarrar la grúa a los carriles, dejar la pluma en dirección al viento, con el freno desenclavado y cortar la corriente.
Obligaciones semanales del gruista
Reapretar todos los tornillos y principalmente los de la torre, pluma y corona giratoria.
Verificar la tensión del cable del carro, así como el cable de carga y su engrase.
Comprobar el buen funcionamiento del pestillo de seguridad del gancho.
Se deben probar las protecciones contra sobrecargas, interruptores fin de carrera, mecanismo de elevación, izado y descenso de la pluma y traslación en los dos movimientos.
Comprobar tramos de vía.
Vigilar las partes sujetas a desgaste, como cojinetes, superficies de los rodillos, engranajes, zapatas de freno, etc., debiendo avisar para su cambio caso de ser necesario.
Los sistemas de seguridad de que debe disponer una grúa son:
Limitador de fin de carrera del carro de la pluma.
Limitador de fin de carrera de elevación.
Limitador de fin de carrera de traslación del aparato.
Topes de las vías.
Limitador de par.
Limitador de carga máxima.
Sujeción del aparato a las vías mediante mordazas.
Además las grúas deben poseer escaleras dotadas de aros salvavidas, plataformas y pasarelas con barandillas, cable tendido longitudinalmente a lo largo de la pluma y la contrapluma y en su caso cable tendido longitudinalmente a lo largo de la torre.
El gruista debe ser una persona con gran sentido de la responsabilidad y que esté perfectamente informado de las partes mecánicas y eléctricas de la grúa, así como las maniobras que puede realizar y las limitaciones de la máquina.
Se recomienda que el manejo de la grúa se confíe únicamente a personas mayores de veinte años, que posean un grado de visión y audición elevado. Los montadores de las grúas deben ser personas con sentido de la responsabilidad.
Deberán asistir anteriormente a un curso de capacitación y someterse a reconocimientos médicos periódicos.
El operario deberá reposar periódicamente dado que los reflejos son muy importantes para manejar adecuadamente la grúa.
Cuando se considere necesario se utilizará la cabina situada en la parte superior de la grúa (caso de poseerla) o la plataforma instalada en voladizo en el último forjado del edificio en construcción.
El personal empleado en el montaje de grúas irá provisto de casco (MT-1) y cinturón de seguridad (MT-13), así como de calzado de seguridad (MT-5). La ropa de trabajo será ajustada. Los gruistas deben ir provistos en todo momento de casco de seguridad (MT-1). Todas las prendas serán homologadas según O.M. de 17.5.74 (BOE nº 128 de 29.5.74).
Se consideran afectados los artículos comprendidos en el Capítulo X, "Elevación y transporte" y los artículos 21,22 y 23 respecto a barandillas de protección y los artículos 81, 94 y 98 en lo referente a herramientas manuales y los artículos 142, 143 y 151 respecto a protección personal, todos de la Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo (O.M. 9.3.71).
De la Ordenanza Laboral de Construcción, Vidrio y Cerámica (O.M. 28.8.70) se consideran afectados los artículos que figuran en el apartado "Aparatos de Elevación, Transporte y Similares".
En las Ordenanzas Municipales de algunos ayuntamientos existen normas referentes a la ubicación y utilización de las grúas de los edificios en construcción, que son de obligado cumplimiento.
Respecto a los trabajos prohibidos a menores, se consideran afectados el artículo 291 de la Ordenanza Laboral de Construcción, Vidrio y Cerámica (O.M. 28.8.70) y el Decreto del 26 de julio de 1957 (B.O.E. de 26 de agosto) que incluye el Reglamento de trabajos prohibidos a mujeres y menores por peligrosos e insalubres.
(1) ANDREONI, D.
La Sicurezza nelle construzioni edili
Roma, E.N.P.I. - 1971
(2) Catálogos e instrucciones varias de distintos fabricantes de grúas
(3) CONSEJO INTERAMERICANO DE SEGURIDAD
Manual de Prevención de Accidentes en la Construcción
Englewood, C.I.S., 1972
(4) DUBOIS, E.
La Prévention dans le batiment et les travaux publics. Accidents du travail et
maladies professionelles
Paris, Editions Eyrolles, 1970
(5) GABAY, A.: ZENYA, J.
Máquinas para obras
Barcelona, Editorial Blume y Editorial Labor, S.A., 1974
(6) PEREZ GUERRA, A.
Seguridad en el Trabajo de la Construcción de Edificios
Barcelona, Alfonso Pérez Guerra, Edición Mayo 1969
(7) PUY ESCARDIVOL, VALENTÍN
Estudio sobre el agente material: grúa-torre
G.T.P. Barcelona, 1978
(8) SEVILLA MARCOS, JOSÉ Mª.
Manual de Prevención en la Industria de la Construcción y Obras Públicas
Madrid, Ministerio de Trabajo, 1965