Seguro de vida.
Seguro por el que el asegurador se obliga a
pagar un capital o renta previamente
pactados, a una o varias personas
denominadas beneficiarios, dependiendo de
la duración de la vida de otra persona
(asegurado), que podrá o no coincidir con
el tomador. Cubre todas las causas de
fallecimiento, y no sólo los accidentes, a no
ser que se excluyan en la póliza.
5882