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abandono
SEGURO
Abandono asegurado.
En
seguros,
facultad
concedida
al
asegurado
en
determinados
casos,
por
la
que
transfiere
los
derechos
que
tiene
sobre
las
cosas aseguradas al asegurador, el cual
ha de pagar la
totalidad
de la
suma
asegurada.
ABANDONO SEGUROS