1.-
NORMAS GENERALES PARA TODOS LOS USUARIOS.
El Reglamento General de Circulación, en el artículo 2, establece con
carácter general para todos los usuarios de la vía la obligación de comportarse
de forma que no causen peligro ni daño alguno, ni entorpezcan
indebidamente la circulación, ni siquiera produzcan perjuicios ni molestias
innecesarias a los demás.
A los conductores de toda clase de vehículos les exige en el
artículo 3, también con carácter general, que deberán conducir con la diligencia y
precaución necesarias para así poder evitar todo daño propio o ajeno, cuidando de
no ponerse en peligro tanto así mismo, como conductores, como a los demás ocupantes de
la vía, quedando terminantemente prohibido conducir de forma negligente o temeraria.
Como normas generales de comportamiento en la circulación el
Reglamento en el artículo 6 prohíbe arrojar a la vía o en sus inmediaciones cualquier
objeto que pueda dar lugar a la producción de incendios o que, en general, pueda poner en
peligro la seguridad vial, en el artículo 7 prohíbe la emisión de perturbaciones
electromagnéticas, ruidos, gases, y otros contaminantes en las vías por encima de
los límites establecidos. Así como prohíbe tanto en las vías públicas a motor y
ciclomotores con el llamado escape libre sin el preceptivo dispositivo silenciador.
2.- NORMAS GENERALES PARA LOS CONDUCTORES.
Los conductores deberán estar en todo momento, señala el artículo 17
del Reglamento, en condiciones de controlar sus vehículos y, al aproximarse a otros
usuarios de la vía, deberán adoptar las precauciones necesarias para la seguridad de los
mismos, especialmente cuando se trata de niños, ancianos, invidentes u
otras personas manifiestamente impedidas.
El artículo 18 obliga al conductor de los vehículos a mantener su
propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión, y la atención permanente a
la conducción que garantice su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del
vehículo y la de los demás usuarios de la vía. Queda así mismo prohibido conducir
utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores de sonido.