7 El empresario debe
consultar a los
trabajadores: las decisiones
relativas a la planificación y
organización del trabajo, la
introducción de nuevas
tecnologías, la organización
y desarrollo de las
actividades de protección y
prevención de los riesgos
profesionales en la
empresa, y cualquier otra
acción que pueda tener
efectos sustanciales sobre
la seguridad y la salud de
los trabajadores. (Ley
31/95).
Medidas preventivas
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