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FORO
1 En
caso
de conexiones de
aparatos
a la instalación de
gas
a
través
de tubo
flexible, la
longitud
de
éste
no
será
superior
a
1.5
m, y
cuando se
trate
de
aparatos
móviles
de
calefacción
no
podrá
exceder
de
0.6
m de
longitud.
Medidas
preventivas
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