OBRAS
CONSTRUCCIÓN
DE
El presupuesto de ejecución por contrata se obtiene aplicando:
PEC = (PEM + GG + BI) X (1 + IVA)
Donde:
PEC = presupuesto de ejecución por contrata.
PEM = presupuesto de ejecución material.
GG = gastos generales.
BI = beneficio industrial.
IVA = Impuesto sobre el Valor Añadido.
b) Que la duración estimada sea superior a 30 días laborables, empleándose en algún momento a
más de 20 trabajadores simultáneamente.
c) Que el volumen de mano de obra estimada, entendiendo por tal la suma de los días de trabajo
del total de los trabajadores en la obra, sea superior a 500.
Para su cálculo se puede aplicar la siguiente fórmula:
i
Σ T i x Di > 500
1
Donde:
i = período de tiempo durante el cual el número de trabajadores permanece constante.
Ti = Nº de trabajadores para cada periodo i.
Di= Nº de días de trabajo para cada periodo i.
NOTA:
Para computar el número de trabajadores se considerará el total de los necesarios para ejecutar la obra en el plazo
previsto, con independencia de que en dicha ejecución participen una o varias empresas, o trabajadores autónomos.
Cuando el sumatorio sea superior a 500 se ela-
Tal y como se ha comentado anteriormente, estos
borará el preceptivo estudio de seguridad y salud.
parámetros se calcularán teniendo en cuenta el pla-
Como referencia un día de trabajo equivale a 8 horas.
zo de ejecución de la obra previsto en el proyecto.
d) Las obras de túneles, galerías, conducciones subterráneas y presas.
Dado que en la ejecución de este tipo de obras
que se recoge en este apartado del Real Decreto
se pueden generar teóricamente riesgos laborales
comprende las tareas relativas a cualquier tipo de
especialmente graves el Real Decreto obliga a la
trabajo que sea necesario ejecutar para la correcta
redacción de un estudio de seguridad y salud,
instalación de conducciones enterradas, siempre
con independencia del presupuesto de ejecución,
que éstas se realicen por debajo de la cota del
la duración y el volumen de mano de obra.
terreno, no sean a cielo abierto y requieran la pre-
El concepto de "conducciones subterráneas"
sencia de trabajadores en su interior.
4.2. En los proyectos de obras no incluidos en ninguno de los supuestos previstos en el apartado
anterior, el promotor estará obligado a que en la fase de redacción del proyecto se elabore un estu-
dio básico de seguridad y salud.
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