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FOB.
Término compuesto por las siglas de los
vocablos ingleses free on board (franco a
bordo). Es una cláusula que en el comercio
marítimo internacional establece para el
vendedor las siguientes obligaciones: pagar
los gastos de transporte hasta el buque y la
carga de las mercancías, así como los
riesgos que se presenten hasta que las
mercancías sean colocadas a bordo del
buque, en la fecha y lugar convenidos con
el comprador. También corre a su cargo la
obtención de los permisos de exportación,
y el pago de eventuales derechos.
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