<<  <  >  >>  CASOS CONSEJERO
Respuesta 48:
1.- UN 0398, COHETES DE COMBUSTIBLE LÍQUIDO, 1.2J, (B1000C).
40 cajas de madera natural o panel estanco para pulverulentos de 100 kg.
Cantidad total 4.000 kg de masa neta de materia explosiva.
Embalaje aprobado por la autoridad competente de España.
Expedidor: Explosivos Santa Cruz, Polígono Industrial El torreón, Tarragona.
Destinatario: Industrial Aguirre, C/ Capitán Gormaz, 19 Pontevedra.
2.- Paneles naranja, retroreflectantes, sin numeración delante y detrás de la
unidad de transporte; placas etiquetas conforme al modelo 1 (1.2J en la parte
inferior), sobre los dos laterales y la trasera del vehículo.
3.- Cada bulto llevará: UN 0398, COHETES DE COMBUSTIBLE LÍQUIDO (en
español y en inglés, francés o alemán) y la etiqueta número 1 que llevará en la
esquina inferior 1.2J.
4.- Por túneles de categoría B, C, D y E.
5.- 20 kg.
6.- Un número telefónico de contacto con el responsable del transporte ante
casos de emergencia y una relación de depósitos de explosivos, con su ubicación
exacta, utilizables para almacenamiento accidental.
7.- Objetos constituidos por un cilindro dotado de uno o varios tubos que
contienen un combustible líquido y una cabeza de guerra. Los misiles dirigidos
están comprendidos en este epígrafe.
8.- Cuando el peso total de materia explosiva transportada exceda de 0 kg.
9.- EX/III.
10.- No superior a 30 días.
Normativa: 1.- ADR 2.2.1.4, ADR (Tabla A), UN 0398, ADR 5.4.1.1.1 y ADR
5.4.1.2.1
2.- ADR 5.3.1.1.2, ADR 5.3.1.5.1 y ADR 5.3.2.1.1
3.- ADR 5.2.2.2.1.4, ADR 5.2.1.5 y ADR 5.2.1.1
4.- ADR 3.2.1 (Tabla A) "Columna 7a" y ADR 8.6.4
5.- ADR 9.1.2 y ADR 1.1.3.6.2
6.- Real Decreto 230/1998 Artículo 254
7.- ADR 2.2.1.4
8.- ADR 3.2.1 (Tabla A) "Columna 19" y ADR 8.5 S1 (6)
9.- ADR 7.5.5.2.1
10.- Real Decreto 551/2006 Disposición Final Primera