Si por razón del vehículo que
conduce resulta usted obligado
por las normas sobre tiempos
de conducción y de descanso,
¿cuál es, como regla general,
su tiempo mínimo de descanso
semanal?
a) 24 horas ininterrumpidas.
b) 45 horas ininterrumpidas. x
c) 90 horas ininterrumpidas.
Dirección General de Tráfico 2007