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los riesgos de la actividad y las buenas prácticas a adoptar. Por lo tanto, la formación y
el entrenamiento es una parte importante del sistema de protección radiológica con el
objetivo de que las dosis sean tan bajas como sea razonablemente posible.
Para algunos trabajadores la reglamentación ya requiere una formación previa al ejerci-
cio de sus funciones y define un trámite de pruebas para confirmar que disponen de
esos conocimientos; es el caso de los conductores en el transporte por carretera [18].
Pero, independientemente de esta formación previa obligatoria es fundamental un en-
trenamiento continuado sobre los riesgos radiológicos, las medidas de protección ra-
diológica y los requisitos específicos del transporte.
Determinadas reglamentaciones, como el Reglamento de transporte de mercancías peli-
grosas por vía aérea y las instrucciones técnicas de transportes de mercancías peligro-
sas de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), requieren el desarrollo
de programas de instrucción para las personas implicadas en las actividades del trans-
porte de mercancías peligrosas [19].
Independientemente de ello el RPSRI en su artículo 21 establece que los titulares de las
prácticas que impliquen exposición a las radiaciones ionizantes habrán de proporcionar
a los trabajadores expuestos, antes de iniciar la actividad y periódicamente, formación
en materia de protección radiológica a un nivel adecuado a su responsabilidad y al
riesgo de exposición a las radiaciones ionizantes en su puesto de trabajo.
La formación en el transporte de material radiactivo debe cubrir tres niveles, de acuerdo
a lo siguiente: formación general, formación sobre funciones específicas y entrena-
miento de seguridad que incluya la respuesta ante situaciones de emergencia.
Dicha formación versará sobre:
a) Conocimientos sobre la naturaleza y riesgos de las radiaciones ionizantes.
b) Efectos de las radiaciones ionizantes.