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BUSCADOR

S-122. Otros servicios. Señal genérica para cualquier otro servicio, que se inscribirá en el recuadro
blanco.
S-123. Área de descanso. Indica la situación de un área de descanso.
S-124. Estacionamiento para usuarios del ferrocarril. Indica la situación de una zona de
estacionamiento conectada con una estación de ferrocarril y destinada principalmente para los vehículos
de los usuarios que realizan una parte de su viaje en vehículo privado y la otra en ferrocarril.
S-125. Estacionamiento para usuarios del ferrocarril inferior. Indica la situación de una zona de
estacionamiento conectada con una estación de ferrocarril inferior y destinada principalmente para los
vehículos de los usuarios que realizan una parte de su viaje en vehículo privado y la otra en ferrocarril
inferior.
S-126. Estacionamiento para usuarios de autobús. Indica la situación de una zona de
estacionamiento conectada con una estación o una terminal de autobuses y destinada principalmente para
los vehículos privados de los usuarios que realizan una parte de su viaje en vehículo privado y la otra en
autobús.
S-127. Área de servicio. Indica en autopista o autovía la situación de un área de servicio.
Artículo 162. Señales de orientación.
1. Las señales de orientación se subdividen en: señales de preseñalización, señales de dirección,
señales de identificación de carreteras, señales de localización, señales de confirmación y señales de uso
específico en poblado.
2. Las señales de preseñalización se colocarán a una distancia adecuada de la intersección para que
su eficacia sea máxima, tanto de día como de noche, teniendo en cuenta las condiciones viales y de
circulación, especialmente la velocidad habitual de los vehículos y la distancia a la que sea visible dicha
señal. Esta distancia podrá reducirse a unos 50 metros en los poblados pero deberá ser, por lo menos, de
500 metros en las autopistas y autovías. Estas señales podrán repetirse. La distancia entre la señal y la
intersección podrá indicarse por medio de un panel complementario colocado encima de la señal; esa
distancia se podrá indicar también en la parte superior de la propia señal.
La nomenclatura y significado de las señales de preseñalización son los siguientes:
S-200. Preseñalización de glorieta. Indica las direcciones de las distintas salidas de la próxima
glorieta. Si alguna inscripción figura sobre fondo azul, indica que la salida conduce hacia una autopista o
autovía.
S-220. Preseñalización de direcciones hacia una carretera convencional. Indica, en una carretera
convencional, las direcciones de los distintos ramales de la próxima intersección cuando uno de ellos
conduce a una carretera convencional.
(Actualizado RD 965/2006)
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