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Descripción
Los Facultativos Médicos que prestan servicios en los
Centros, Servicios y Establecimientos de atención sanitaria y
sociosanitaria desempeñaran las funciones propias de su
profesión con la atención que corresponda al nivel asistencial
del puesto.
Específicamente en los centros de la Gerencia de Servicios
Sociales y centros, unidades o servicios de carácter
sociosanitarios, bajo la dependencia directa del Director del Centro
o persona en quién delegue:
· Es el responsable de los servicios médico-sanitarios en relación con
los beneficiarios a través de estudios diagnósticos individuales.
· Atiende las necesidades asistenciales de los beneficiarios y realiza
exámenes médicos, diagnósticos y tratamientos adecuados al caso.
· Programa y supervisa el régimen de comidas de los residentes y el estado
sanitario del centro.
· Elabora y hace el seguimiento de los programas y actividades que, para el
mantenimiento físico de los usuarios, se desarrollen en el mismo.
· Atiende, cuando sea requerido para ello, a los beneficiarios que no puedan
desplazarse al centro, dentro de la jornada laboral.
· Participa en los planes de formación de otros profesionales del centro y en
la de los familiares de los beneficiarios.
· Participa en los planes de formación profesional de las diversas categorías
adscritas a su departamento.
· Orienta y participa en la formación de otros profesionales del centro y en
la de los familiares de los beneficiarios.
· Participa en las juntas y sesiones de trabajo que se convoquen en el centro.
· Colabora en la Unidad de Prevención y Salud correspondiente en cuantas
menciones relacionadas con la seguridad y salud le sean indicadas
(formación, vigilancia, seguimiento de patologías derivadas del trabajo,
etc.) atendiendo las necesidades sanitarias del personal con destino en el
centro en los casos de necesidad o urgencia.
· Informará a la Unidad de Prevención y Salud de las situaciones de riesgo
que los problemas sanitarios de los beneficiarios pudieran plantear a los
trabajadores del centro.
· Cuando se le encomiende, desarrollará las funciones médicas
correspondientes al hogar anejo a la residencia de acuerdo con las
directrices establecidas para este tipo de centros.