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FORO PREVENCIONISTA
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Las
empresas
que
tengan
implantado
el
trabajo
por
turnos,
pueden
acumular
medio
día
del
descanso
semanal,
por
periodos
de
hasta
cuatro
semanas
o
separarlo
del
día
completo
para
su
disfrute
en
otro
día
de la
semana.
Normativa
española
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