<>
FORO PREVENCIONISTA
>
Del
día
4.°
al
15.°
de
baja
por
contingencias
comunes
o
profesionales,
el
pago
corre a
cargo
de la
empresa;
ya
partir
16.°
día,
a
cargo
del
INSS
o la
mutua.
Normativa
española
324