<>FORO PREVENCIONISTA

Si la empresa deposita la indemnización
ante el Juzgado de lo Social, dentro de las
48 horas siguientes al despido, no se
generarán salarios de tramitación, por dos
razones:
Por el reconocimiento implícito de la
improcedencia del despido.
Porque la empresa ha decidido indemnizar
al trabajador desde un primer momento.
Normativa española
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