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FORO PREVENCIONISTA
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El
periodo
de
prueba
es el
tiempo,
libremente
concertado
entre
trabajador
y
empresario,
durante
el
que
cualquiera
de
los
dos
puede
dar
por
terminada
la
relación
laboral
sin
necesidad
de
alegar
causa,
dar
preaviso
o
indemnizar.
Normativa
española
182