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CONCEPTO

Se consideran accidentes de trabajo, los
acaecidos en el desplazamiento habitual de
ida o vuelta entre el domicilio del trabajador
y el lugar de trabajo.
No es cierto, deben producirse en el lugar
de trabajo.
Se denominan in itinere.-X-
Se denominan accidentes externos.
Se denominan incidentes.
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Normativa española