En caso de modificación colectiva, el
empresario deberá abrir un periodo de
consultas con los representantes de los
trabajadores durante un tiempo no inferior
a 15 días. Si no llegaran a un acuerdo, el
empresario podrá aplicar la modificación
unilateralmente ...
a. Sin más explicaciones.
b. Preavisando con al menos 30 días de
antelación. X-
c. Preavisando con al menos 60 días de
antelación.
d. Ninguna de las anteriores.
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Normativa española