El límite a partir del cual se está obligado a
retener por el IRPF para una persona
soltera y sin hijos es de 9.843 €/ año.
a. El límite a partir del cual se retiene a una
persona soltera y sin hijos es de 6.843 €/
año.
b. No hay límite mínimo de retención a
solteros.
c. El mismo límite se aplica a una persona
casada sin hijos y cuyo cónyuge gane más
de 1.500€/ año. X-
d. Ninguna de las anteriores.
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Normativa española