Premiers secours à lentreprise: organisation
In company First Aids: organisation
Redactores:
Mª Dolores Solé Gómez
Especialista en Medicina del Trabajo
José Luis Moliné Marco
A.T.S.
CENTRO NACIONAL DE CONDICIONES DE TRABAJO
El estado y la evolución de las lesiones derivadas de un accidente dependen en gran parte de la rapidez y de la calidad de los primeros auxilios recibidos. La Ley 31/95, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (BOE nº269 de 10 de Noviembre de 1995), en el Capítulo III, artículo 20 marca como obligación del empresario el análisis de las posibles situaciones de emergencia así como la adopción de la medidas necesarias, entre otras, en materia de primeros auxilios.
Los puntos a considerar, tal como marca la citada ley, serían:
Designación del personal encargado de poner en práctica dichas medidas previa consulta de los delegados de prevención (art. 33 y 36 de la LPRL). Dicho personal, en función de los riesgos, deberá recibir la formación adecuada en materia de primeros auxilios, ser suficiente en número y disponer del material adecuado, siempre a tenor del tamaño y actividad de la empresa, de la organización del trabajo y del nivel tecnológico de aquella.
Revisión o comprobación periódica del correcto funcionamiento de las medidas adoptadas.
Organización de las relaciones que sean necesarias con servicios externos para garantizar la rapidez y eficacia de las actuaciones en materia de primeros auxilios y asistencia médica de urgencias.
La citada ley considera la no adopción de dichas medidas como una infracción grave (art.47.10) o muy grave (art. 48.8) si origina un riesgo grave e inminente.
Esta NTP pretende ser un herramienta útil para todas aquellas personas que precisen organizar los primeros auxilios en la empresa, dando respuesta a algunos de los puntos consignados anteriormente.
Entre la víctima y la atención médica especializada existen una serie de eslabones que deben ser informados, formados y entrenados para asegurar la rapidez y eficacia de la actuación frente a emergencias.
Existen tres tipos de posibles testigos de un accidente laboral:
Testigo ordinario: sin preparación ni formación e influenciable por la emoción y el pánico. No sabe qué mensaje ha de transmitir y puede olvidar incluso señalar el lugar del accidente.
Testigo privilegiado: con una formación adecuada; es capaz de hacer una valoración global de la situación, sabe avisar de forma eficaz y se mantiene tranquilo.
Testigo profesional: ha sido formado y entrenado específicamente para vigilar, detectar y alertar (guardias, personal de seguridad, vigilantes de proceso...)
Ni que decir tiene que la mayoría de los testigos en la empresa son del tipo ordinario, con lo que la transmisión de la alerta no estará ni mucho menos asegurada redundando en retrasos innecesarios, asistencia inadecuada y, en último extremo, pérdidas humanas.
Aquí surge la primera pregunta: ¿A quién hemos de formar? Sería conveniente que todos y cada uno de los trabajadores estuvieran informados (carteles informativos, charlas informales, folletos explicativos...) sobre lo que en primeros auxilios se conoce como PAS
La palabra P. A. S. está formada por las iniciales de tres actuaciones secuenciales para empezar a atender al accidentado:
P de PROTEGER: Antes de actuar, hemos de tener la seguridad de que tanto el accidentado como nosotros mismos estamos fuera de todo peligro. Por ejemplo, ante un ambiente tóxico, no atenderemos al intoxicado sin antes proteger nuestras vías respiratorias (uso de máscaras con filtros adecuados), pues de lo contrario nos accidentaríamos nosotros también.
A de AVISAR: Siempre que sea posible daremos aviso a los servicios sanitarios (médico, ambulancia...) de la existencia del accidente, y así activaremos el Sistema de Emergencia, para inmediatamente empezar a socorrer en espera de ayuda.
S de SOCORRER: Una vez hemos protegido y avisado, procederemos a actuar sobre el accidentado, reconociendo sus signos vitales: 1. Conciencia, 2.Respiración y 3. Pulso, siempre por este orden.
Ahora bien, no todos los trabajadores deben ser entrenados como testigos privilegiados. Como mínimo los responsables de grupo (jefes de taller, mandos intermedios, encargados,...) así como aquellos que trabajan en zonas de riesgo deberían recibir una formación más específica.
Dicha formación puede desarrollarse en un día y el contenido mínimo sería:
Definición de alerta y su importancia en los primeros auxilios
Descripción de todos los eslabones de la cadena de socorro (funciones, números de teléfono...)
Formas de avisar: teléfonos, alarmas...
Mensaje tipo: lugar, lesiones, número de accidentados...
Ejercicios prácticos en la empresa.
En algunas empresas un paso obligado para contactar con los servicios externos es el/la telefonista. Siempre que exista este eslabón se le deberá incluir en el grupo de testigos privilegiados. De él/ella depende la transmisión rápida, correcta y eficaz de la solicitud de ayuda.
No es posible concretar cuántos socorristas se requieren por número de trabajadores. El «número suficiente» dependerá de otros muchos factores. A modo de guía, a la hora de decidir cuántos socorristas formar, deberemos tener en cuenta:
El número de trabajadores
La estructura de la empresa (superficie, naves, plantas...)
La distribución de los trabajadores en la empresa.
El tipo de trabajo: el/los riesgos existentes ; situaciones de aislamiento ; trabajos fuera de la empresa...
Los turnos de trabajo
La distancia (en tiempo real) de los servicios médicos externos
Las posibles ausencias por enfermedad, vacaciones...
En todo caso se debería disponer en cualquier momento en la empresa de una persona encargada de la actuación en situaciones de emergencia.
Una cifra orientativa para situaciones de riesgo bajo (ej. oficinas) sería de un socorrista por cada 50 trabajadores por turno (considerando siempre la necesidad de disponer de socorristas suplentes). Este número debería considerarse como mínimo en el resto de situaciones. A veces, es conveniente disponer de dos socorristas por grupo de trabajo (ej. trabajo con máquinas o herramientas peligrosas).
La formación en socorrismo laboral debe gravitar alrededor de las siguientes premisas:
El socorrista laboral será voluntario.
El socorrista laboral deberá tener, además de los conocimientos básicos y generales, una formación específica en relación a los riesgos existentes en la empresa.
El socorrista laboral deberá recibir periódicamente cursos de reciclaje.
El testigo, la telefonista, el socorrista: todos ellos son eslabones pertenecientes a la empresa.
El personal de la ambulancia, el equipo médico de urgencias, el personal del hospital son eslabones exteriores.
Esta diferencia de ubicación no ha de suponer una traba para una actuación eficaz. Cada uno de ellos ha de saber quién va después y quién le precede, procurando que la información se transmita de forma clara y concisa; facilitando así las actuaciones posteriores.
Para conseguir el objetivo básico de los primeros auxilios es preciso disponer de personal adecuadamente formado en socorrismo laboral. Esta formación se debería dividir en tres grandes bloques temáticos: formación básica, formación complementaria y formación específica.
En este bloque, considerado como la formación básica o mínima, el socorrista debe estar capacitado para atender situaciones de emergencia médica, como:
Pérdida de conocimiento.
Paros cardiorrespiratorios.
Obstrucción de vías respiratorias.
Hemorragias y shock.
Siendo ésta la parte más importante, es recomendable dominar las técnicas precisas y efectuar reciclajes periódicos de las mismas.
Todo socorrista deberá también conocer cómo evitar posible contactos con agentes biológicos nocivos (SIDA-Hepatitis)
La formación complementaria permite atender situaciones consideradas como urgencia médica, siendo éstas las que pueden esperar la llegada de los servicios médicos, como por ejemplo:
Quemaduras.
Contusiones, fracturas, luxaciones y esguinces.
Heridas.
Urgencias abdominales, torácicas, neurológicas y ginecológicas.
Intoxicaciones en general.
Atendiendo a los riesgos existentes en la empresa es conveniente tener una formación muy específica.
Se cita como ejemplo la formación que debería capacitar al socorrista para poder dominar con soltura, ante el riesgo químico, las siguientes técnicas:
Rescate en ambiente tóxico.
Oxigenoterapia.
Quemaduras químicas.
Intoxicaciones por productos químicos específicos.
Accidentes de múltiples víctimas (incendio y explosión).
Esta formación específica, implica disponer de material adecuado para la intervención ante accidentes de origen químico.
Este material debería estar compuesto por los siguientes elementos:
Fichas químicas (compuestos químicos, toxicidad, primeros auxilios específicos, etc...).
Equipos de rescate (mascarillas de protección respiratoria, equipos autónomos, etc...).
Maleta de oxigenoterapia, compuesta de:
Botella de oxígeno.
Mascarillas de oxigenación (autoventilación).
Equipo completo de reanimación.
Mantas ignífugas.
En el Anexo VI del RD 486/97, de 14 de abril, sobre lugares de trabajo se establecen las condiciones mínimas de los locales y el material necesario para la prestación de los primeros auxilios.
Dependiendo del riesgo existente en la empresa, del tamaño de la misma y de las facilidades de acceso al centro de asistencia más próximo así como de la fecha de creación de los citados lugares de trabajo, se deberá procurar desde un botiquín portátil hasta una sala especial (cuyo contenido y dotación mínimos vienen especificados en la figura 1).
BOTIQUÍN PORTÁTIL | |
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LOCALES DE PRIMEROS AUXILIOS | |
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Figura 1. Material y locales de primeros auxilios. Mínimos exigidos en el RD 486/1997
Han de contener material de primeros auxilios y nada más.
El contenido ha de estar ordenado.
Se ha de reponer el material usado y verificar la fecha de caducidad.
El contenido ha de estar acorde con el nivel de formación del socorrista (usuario)
A modo de recomendación, el contenido mínimo básico de un botiquín de empresa sería:
Instrumental básico
Tijeras y pinzas
Material de curas
20 Apósitos estériles adhesivos, en bolsas individuales.
2 Parches oculares
6 Triángulos de vendaje provisional
Gasas estériles de distintos tamaños, en bolsas individuales.
Celulosa, esparadrapo y vendas
Material auxiliar
Guantes
Manta termoaislante
Mascarilla de reanimación cardiopulmonar
Otros
Bolsas de hielo sintético.
Agua o solución salina al 0,9% en contenedores cerrados desechables, si no existen fuentes lavaojos.
Toallitas limpiadoras sin alcohol, de no disponer de agua y jabón.
Bolsas de plástico para material de primeros auxilios usado o contaminado
Este contenido mínimo ha de ampliarse siempre que existan riesgos particulares. Se ha de calibrar la necesidad de disponer de una o varias camillas, de ciertas prendas de protección como delantales, batas, mascarillas... Este material no debería estar en el botiquín de primeros auxilios, sino en otro lugar y siempre al cuidado del que sepa usarlo.
No se deberían olvidar tampoco los «botiquines de viaje» en el caso de trabajadores cuya tarea se desarrolle fuera de la empresa.
Están obligados a disponer de un local específico aquellos lugares de trabajo utilizados por primera vez o que hayan sufrido ampliaciones o transformaciones a partir de la fecha de entrada en vigor del RD 486/97 y que consten de más de 50 trabajadores o más de 25 teniendo en cuenta la peligrosidad y las dificultades de acceso al centro de asistencia más próximo, si así lo determina la autoridad laboral. Para otras situaciones, consultar el citado RD.
Tanto el material como los locales deberán estar claramente señalizados, conforme al apartado 3.5º del anexo III del R.D. 485/1997, de 14 de abril (B.O.E. nº 97, de 23 de abril) sobre señalización de seguridad y salud en el trabajo. (Ver figura 2)
Fig. 2: Señales de salvamento o socorro de aplicación a los primeros auxilios
La organización de los primeros auxilios no es más que una forma de prepararse para actuar ante situaciones excepcionales. Esto requiere de un estudio a fondo tanto de la siniestralidad (accidentes e incidentes) como de los posibles factores de existentes en la empresa.
Sin embargo, también es necesaria la sensibilización de todos los estamentos presentes en el entorno laboral.
Sirvan los siguientes puntos como ejemplo de acciones para sensibilizar y, por ende, aumentar la eficacia de la actuación frente a emergencias:
Todo trabajador nuevo ha de ser instruido en relación a la organización de los primeros auxilios y a la actuación que de él se espera si es testigo de un accidente.
Se procederá a verificar de forma periódica la cadena de socorro condicionando actuaciones reflejas inmediatas.
Se comentarán y evaluarán actuaciones reales.
No se dudará en cambiar aquello que no funciona correctamente.
La organización de los primeros auxilios ha de conseguir que éstos lleguen a todos los trabajadores en cualquier momento.
Ha de ser pues un objetivo de la empresa organizarlos conforme a la legislación vigente y adecuarlos a los riesgos; dotarlos de los medios suficientes tanto humanos como materiales y mantener a los equipos bien entrenados.
Este objetivo ha de estar firmemente ligado a un deseo: no tener que utilizarlos nunca. Proteger es ante todo evitar.
(1) Ley 31/1995, de 8 de noviembre (B.O.E. nº 269, de 10 de noviembre) de prevención de riesgos laborales.
(2) R.D. 39/1997, de 17 de enero (B.O.E. nº 27,de 31 de enero) por el que se aprueba el Reglamento de los servicios de prevención.
(3) R.D. 485/1997, de 14 de abril (B.O.E. nº 97,de 23 de abril) sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo.
(4) R.D. 486/1997, de 14 de abril (B.O.E. nº 97,de 23 de abril) sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
(5) R.D. 1216/1997, de 18 de julio (B.O.E. nº 188,de 7 de agosto) sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo a bordo de los buques de pesca.
(6) R.D. 1627/1997, de 24 de octubre (B.O.E. nº 256,de 25 de octubre) sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.