Safe working surfaces (II)
Surfaces de travail secures (II)
Redactores:
José Mª Tamborero del Pino
Ingeniero Industrial
CENTRO NACIONAL DE CONDICIONES DE TRABAJO
Esta NTP es continuación de la anterior (NTP 434)
Todo el personal del Áreas centro de trabajo y en especial el personal de mantenimiento deberá estar adiestrado para que mantenga ordenado su puesto de trabajo y deje libre el suelo de herramientas, cables, etc. utilizados para realizar su trabajo.
Los niveles mínimos de iluminación en los lugares de trabajo serán los siguientes:
Áreas o locales de uso ocasional |
50 lux |
Áreas o locales de uso habitual |
100 lux |
Vías de circulación de uso ocasional |
25 lux |
Vías de circulación de uso habitual |
50 lux |
El nivel de iluminación en zonas de uso general se medirá a 85 cm del suelo y en el de vías de circulación a nivel del suelo. Estos niveles mínimos de iluminación deberán duplicarse en las áreas o locales de uso general y en las vías de circulación, cuando por sus características, estado u ocupación, existan riesgos apreciables de caídas, choques u otros accidentes. No deberá producir deslumbramientos directos o indirectos por proyectar los rayos luminosos sobre los ojos de conductores de vehículos o de los peatones.
La distribución de los niveles de iluminación será lo más uniforme posible y deberá ser compatible con la de los vehículos de manutención, grúas-puente, etc. No se utilizarán sistemas o fuentes de luz que perjudiquen la percepción de los contrastes, la profundidad o distancia entre objetos, o que produzcan una impresión visual de intermitencia, etc.
En relación con la instalación de alumbrados especiales en caso de fallo del alumbrado general se aplicará la MIE BT 025 del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión.
La señalización debe hacerse utilizando las normativas vigentes existentes sobre Señales de Seguridad en los
Centros y Locales de Trabajo señalizando las zonas peligrosas, los cruces, pasillos de circulación de vehículos y de peatones, zonas de almacenamiento intermedio, etc. Además es importante señalizar los cambios de nivel en ambos sentidos de la marcha.
Es aconsejable utilizar para los suelos colores claros de alto poder de reflexión mientras que los pasillos estarán limitados por bandas amarillas o blancas. La implantación de señales de tráfico como son las de stop, ceda el paso, prohibiciones, altura máxima, peso máximo, etc. pueden ayudar a mejorar la circulación de vehículos y personas.
La prevención de las caídas en el centro de trabajo debería controlarse mediante un programa de gestión que lógicamente debería estar incluido dentro del general de la empresa. Debería contemplar como mínimo la investigación de accidentes, el mantenimiento, la formación y las inspecciones.
Debe incluir como mínimo los siguientes aspectos:
Investigar todos los accidentes que tengan como consecuencia una caída. Incluirá los datos del accidentado, estado del suelo, tipo de actividad que se realizaba, tipo y estado del calzado que llevaba el accidentado y como sucedió. También se recogerán las declaraciones de los posibles testigos y se tomarán fotos de la zona.
El accidente se investigará para determinar las causas del mismo y su grado de repetición.
En cada centro de trabajo se deberá elaborar un programa de mantenimiento de las superficies de trabajo. Este programa debería incluir entre otros los siguientes puntos:
Selección de los productos de reparación de los distintos tipos de suelos existentes en el centro de trabajo, incluyendo productos antideslizantes, desengrasadores y de limpieza.
Procedimientos e intervalos de aplicación de cada uno de los productos.
Procedimientos y materiales a emplear en la reparación de suelos deteriorados.
Normas de instalación de vallas alrededor de los derrames, lugares de colocación de esterillas de limpieza del calzado en lugares estratégicos, formas y medios de para eliminar hielo o la nieve acumulados, etc.
El programa de mantenimiento deberá revisarse periódicamente en función de las variaciones que experimente el centro de trabajo.
Debe programarse la formación de nuevos empleados incluyendo las normas de la empresa para prevenir las caídas. Esta formación relacionada con la seguridad de las personas al circular por los centros de trabajo deberá contemplar las normas de circulación de vehículos y aparatos de cualquier naturaleza, de los pasillos de circulación peatonal de acceso a los distintos puestos de trabajo, servicios, salidas de emergencia, etc. En otro orden de cosas también deben formarse a los trabajadores para evitar los malos hábitos dentro del centro de trabajo como pueden ser el correr al efectuar desplazamientos, no mantener el puesto de trabajo limpio y en orden, etc.
Además los trabajadores deberán estar adiestrados para que cualquier disputa o discrepancias de pareceres se resuelvan a través de los mandos inmediatamente superiores debiéndose sancionar actuaciones agresivas entre algunos de ellos.
Deben realizarse inspecciones periódicas del estado de los suelos. Para ello sería conveniente elaborar una lista de chequeo que facilite el trabajo y el autocontrol.
Tabla: Relación entre los tipos de suelos y productos de limpieza, acabado, selladores y prohibidos |
Un complemento adecuado para evitar resbalamientos es prever la utilización de calzado de seguridad por parte de todo el personal que circule por el centro de trabajo debiéndose elegir aquel calzado de seguridad que se adecúe más al tipo de suelo predominante en el centro de trabajo. En cualquier caso antes de efectuar la selección definitiva se deberán realizar pruebas previas de adecuación entre las suelas del calzado seleccionado y el tipo de suelo.
La legislación española sobre lugares de trabajo viene recogida fundamentalmente en el R.D. 486/1997, de 14 de Abril (B.O.E, 23.04.97) por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y de salud en los lugares de trabajo y que traspone la Directiva 89/654/CEE.
Otras normas comunitarias que afectan a estos temas son la directiva del Consejo 89/391/CEE de 12.06.1989 relativa a la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo y la directiva del Consejo 89/654/CEE de 30.11.1989 relativa a las disposiciones mínimas de seguridad y de salud en los lugares de trabajo.
(1) BUREAU OF LABOR STANDARDS
Seguridad Industrial C. Mantenimiento Preventivo.
Herrero Hermanos, Sucesores S.A. México D.F. 1970
(2) CAISSE NATIONALE SUISSE D'ASSURANCE EN CAS D'ACCIDENTS
Feulilet 22030 Voies de circulation a I'interieur de l'entreprise.
C.N.A. Lucerna. 1986.
(3) KOHR Robert L.
A new focus on slip and fall accidents
PROFESSIONAL SAFETY- Enero 1994
(4) NATIONAL SAFETY COUNCIL
Falls on floors
Data Sheet I-495-Reaf.86- Abril 1987
(5) NATIONAL SAFETY COUNCIL
Manual de Prevención de Accidentes para Operaciones Industriales
Madrid. Ed. MAPRE S.A., 1997
(6) 0.I.T.
Enciclopedia de Salud y Seguridad en el Trabajo. Vol. 3.
Madrid. Centro de Publicaciones, Mº de Trabajo y Seguridad Social. 1989
(7) TRADE & TECHNICAL PRESS LTD.
Handbook of Industrial, Safety and Health
Mordem, Surrey, England. 1980