REAL DECRETO1723/1990, DE 20 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA LA NORMA BÁSICA DE LA EDIFICACIÓN NBE FL-90: «MUROS RESISTENTES DE FÁBRICA DE LADRILLO»
El Real Decreto 1650/1977 de 10 de junio, sobre normativa de la edificación estableció que las Normas Básicas de la Edificación (NBE), «son normas de obligado cumplimiento para todos los proyectos y obras de edificación», siendo su finalidad fundamental defender la seguridad de las personas, establecer las restantes condiciones mínimas para atender las exigencias humanas y proteger la economía de la sociedad.
La disposición final primera de citado Real Decreto integró, dentro de la actuación correspondiente a las Normas Básicas de la Edificación (NBE), las normas MV de antiguo Ministerio de la Vivienda y, entre ellas concretamente la MV 201/72, «Muros resistentes de fábrica de ladrillo, aprobada por Decreto 1324/1972, de 20 de abril, para regular las condiciones que deben cumplirse en el proyecto y la ejecución de tales muros en toda edificación.
Posteriormente han sido promulgadas otras disposiciones que introducen indirectamente modificaciones en el contenido de esta Norma entre ellas se encuentran; el «Pliego general de condiciones para la recepción de ladrillos cerámicos en las obras de construcción RL-88», aprobado por Orden de Ministerio de Relaciones con las Cortes y de a Secretaria del Gobierno de 27 de julio de 1988 («Boletín Oficial del Estado» de 3 de agosto); el «Pliego de prescripciones técnicas generales para la recepción de cementosRC-88», aprobado por Real Decreto 1312/1988, de 28 de octubre y la «Instrucción para el proyecto y la ejecución de forjados unidireccionales de hormigón armado y pretensado EF-88», aprobada por Real Decreto 824/1988, de 15 de julio.
Por razones de seguridad jurídica, y para evitar confusiones interpretativas, se ha considerado necesario revisar la Norma MV-201/72, en su conjunto, incluyendo las modificaciones impuestas por la publicación de las disposiciones posteriores, con el fin de establecer la necesaria concordancia normativa entre los diferentes textos que regulan esta materia.
Asimismo, se ha considerado procedente introducir y actualizar las referencias a las correspondientes Normas UNE y subsanar ciertos errores no sustanciales delegados en su texto.
Por otra parte, se ha cambiado la denominación de la Norma para adoptar a al sistema de denominación nemotécnica utilizado en la Norma Básica de la Edificación, se han realizado los trámites que determina a Directiva del Consejo de las Comunidades Europeas 83/189/CEE, de 28 de marzo, modificados por la Directiva 881/182/CEE, de 22 de marzo, por la que se establece un procedimiento de información de las normas y las reglamentaciones técnicas y se ha incorporado la modificación formulada por la Comisión de las Comunidades Europeas.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Obras Públicas y Urbanismo y previa deliberación de Consejo de Ministros en su reunión del día 20 de diciembre de 1990,
DISPONGO
Artículo único. Se aprueba a Norma Básica de la Edificación NBE FL 90 «Muros resistentes de fábrica de ladrillo» que figura como anexo del presente Real Decreto.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Queda derogado el Decreto 1324/1972, de 20 de abril, por el que se aprueba a Norma MV 201/1972, «Muros resistentes de fábrica de ladrillo» (Boletín Oficial del Estado, de 31 de mayo de 1972).
DISPOSICIÓN FINAL
Se faculta al Ministro de Obras Públicas y Urbanismo para modificar las referencias a Normas UNE que figuran en el apéndice del presente Real Decreto cuando resulte procedente su actualización.
Dado en Madrid a 20 de diciembre de 1990
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Obras Públicas y Urbanismo
JAVIER LUIS SAENZ COSCULLUELA