ANEJO 7
Recomendaciones para la protección adicional contra el fuego de elementos estructurales

    1 Alcance

    El contenido de este anejo constituye un conjunto de recomendaciones para aplicarse a las estructuras de hormigón estructural que, por razones de seguridad general frente a incendios, deben cumplir las condiciones siguientes cuando están expuestas al fuego:

- Evitar un colapso prematuro de la estructura (función portante).

- Limitar la propagación del fuego (llamas, gases calientes, calor excesivo) fuera de áreas concretas (función separadora).

    Tanto las estructuras laminares como aquellas con pretensado exterior, contempladas en esta Instrucción, deberán comprobarse mediante métodos específicos y, en particular, no serán de aplicación los métodos simplificados y de comprobaciones por tablas incluidos en este anejo.

    Asimismo, para hormigones de alta resistencia contemplados en el anejo 11, deberán tenerse en cuenta disposiciones adicionales de acuerdo con la bibliografía especializada.

    En las estructuras laminares que trabajan fundamentalmente por forma, el principal problema es el efecto de las deformaciones por causas térmicas, aspecto éste no contemplado en los métodos simplificados propuestos, que tienen en cuenta sólo los problemas seccionales derivados de la acción del fuego.

    Se excluyen de este Anejo las estructuras con pretensado exterior, debido a que el efecto del fuego sobre las armaduras activas situadas fuera de la sección, corresponde a elementos exclusivamente metálicos.

     

    2 Definiciones

    Se denomina, a los efectos de este Anejo, resistencia al fuego de una estructura o de un parte de ella a su capacidad de satisfacer las funciones requeridas (capacidad portante o función separadora) frente a la exposición a un fuego específico durante un tiempo determinado.

    Se denomina, asimismo, resistencia normalizada al fuego de una estructura o parte de ella (usualmente sólo elementos aislados) a su resistencia al fuego normalizado, dado por la curva de temperatura-tiempo UNE 23093:98. El tiempo máximo de exposición hasta que resulte inminente la pérdida de capacidad para satisfacer las funciones requeridas se denomina periodo de resistencia al fuego normalizado, y se expresa en minutos.

    Los periodos nominales de resistencia al fuego normalizados se ajustarán a la serie siguiente:

30, 60, 90, 120, 180 y 240 minutos

    Se establecen tres requisitos básicos de comportamiento frente al fuego:

- Por capacidad Resistente de la estructura (criterio R)

- Por Estanqueidad al paso de llamas y gases calientes (criterio E)

- Por Aislamiento térmico en caso de fuego (criterio I)

     

    3. Bases de proyecto

    3.1 Combinaciones de acciones

    Para la obtención de los esfuerzos debidos a la acción del fuego y otras acciones concomitantes, la combinación correspondiente se considerará como una situación accidental, de acuerdo con lo expresado en el Artículo 13º de esta Instrucción.

donde:
Gk,j - Valor característico de las acciones permanentes
G*k,j - Valor característico de las acciones permanentes de valor no constante
Pk - Valor característico de la acción del pretensado
Qk,1 - Valor característico de la acción variable determinante
y1,1 - Qk,1, Valor representativo frecuente de la acción variable determinante
y2,i - Qk,j Valores representativos cuasipermanentes de las acciones variables concomitantes con la acción determinante o con la acción accidental
Ak(t) - Valor característico de la acción accidental de fuego

    Los valores de g son los definidos en la tabla 12.1.a ó 12.1.b para la situación accidental.

    Dado que las normas de acciones para edificación, en su versión actual, no incluyen ningún criterio para la definición del valor representativo frecuente o cuasipermanente de la acción variable, se pueden adoptar los valores de la tabla A.7.1. para los casos más frecuentes.

     

Tabla A.7.1

Acción

y1,1

y2,i

Sobrecarga de viviendas y oficinas

0,5

0,3

Sobrecarga en áreas de acumulación de personas y aparcamientos de vehículos ligeros

0,7

0,6

Sobrecarga en áreas de almacenamiento

0,9

0,8

Nieve

0,2

0,0

Viento

0,5

0,0

 

    Cuando se utilice el método simplificado o la comprobación por tablas, indicados en los apartados siguientes, podrán, simplificadamente, adoptarse como esfuerzas para la comprobación de la situación accidental de fuego, los obtenidos para la combinación pésima de acciones para temperatura ambiente disminuidos por un factor global h .

Efi,d,t=hfi Ed

donde:
Efi,d,t - Valor de los esfuerzos de cálculo a considerar en la comprobación de la situación accidental de fuego.
Ed - Valor de los esfuerzos de cálculo a considerar en la comprobación de situaciones permanentes o transitorias a temperatura ambiente.
hfi - Factor de reducción
     
hfi = 0,6 para casos normales.
     
hfi = 0,7 para zonas de almacenamiento.

    3.2 Coeficientes parciales de seguridad para los materiales

    La situación accidental de fuego constituye un caso especial dentro de las situaciones accidentales, y los coeficientes parciales de seguridad para los materiales deben considerarse siempre igual a la unidad, gc=1,0 y gs=1,0.

     

    4 Métodos de comprobación

    En general, se pueden utilizar diferentes métodos de comprobación frente al fuego que dan lugar a diferentes niveles de comprobación y, consecuentemente, complejidad.

    El método general consiste en la comprobación de los distintos Estados Límite Últimos, teniendo en cuenta, tanto en la obtención de esfuerzos de diseño como en el análisis de la respuesta estructural, la influencia de la acción de fuego considerando el comportamiento físico fundamental.

    El análisis estructural debe representar adecuadamente las propiedades del material dependientes de la temperatura, incluyendo la rigidez, la distribución de temperatura en los distintos elementos de la estructura y el efecto de las dilataciones y deformaciones térmicas (acciones indirectas debidas al fuego).

    Por otra parte, la respuesta estructural debe tener en cuenta las características de los materiales para las distintas temperaturas que pueden producirse en una misma sección transversal o elemento estructural.

    Cualquier modo de fallo no tenido en cuenta explícitamente en el análisis de esfuerzos o en la respuesta estructural (por ejemplo insuficiente capacidad de giro, expulsión del recubrimiento, pandeo local de la armadura comprimida, fallos de adherencia y esfuerzo cortante, daños en los dispositivos de anclaje) deberá evitarse mediante detalles constructivos apropiados.

    Pueden emplearse métodos simplificados de comprobación siempre que conduzcan a resultados equivalentes o del lado de la seguridad con respecto a los que se obtendrán con los métodos generales.

    En general, los métodos simplificados suponen una comprobación de los distintos Estados Límite Últimos considerando elementos estructurales aislados (se desprecian las acciones indirectas debidas al fuego - dilataciones, deformaciones, etc.-), distribuciones de temperatura preestablecidas, generalmente para secciones rectangulares y, como variaciones en las propiedades de los materiales por efecto de la temperatura, modelos asimismo simplificados y sencillos.

    El empleo del método de comprobación mediante tablas, que se desarrolla en los siguientes apartados de este Anejo, consiste en la realización de comprobaciones dimensionales de las secciones transversales y los recubrimientos mecánicos, a partir de hipótesis simplificadas y del lado de la seguridad. Para algunas tipologías pueden requerirse otras comprobaciones adicionales y en estos casos pueden obtenerse datos más específicos en la norma del producto.

    Un método alternativo a los expuestos, es la comprobación frente al fuego mediante ensayos realizados e interpretados de acuerdo con las UNE correspondientes al tipo de elemento estructural estudiado.

     

    5 Método de comprobación mediante tablas

    5.1 Generalidades

    Para los casos normales puede considerarse que un elemento aislado de una estructura tiene resistencia al fuego normalizado suficiente si se cumplen los requisitos que se especifican en las tablas y apartados siguientes.

    Para el uso de las tablas se define como recubrimiento mecánico equivalente am a efectos de resistencia al fuego el valor

donde:
Asi, Api - Área de cada una de las armaduras i activa o pasiva.
asi, api - Distancia del eje de cada una de las armaduras i, al paramento expuesto más próximo.
fyki, fpki - Resistencia característica del acero de las armaduras.
Daci - Corrección debida a las condiciones particulares de exposición al fuego. Pueden considerarse para D aci los valores siguientes (ver figura A.7.1):

10 mm para las armaduras situadas en las esquinas en elementos con una sola capa de armadura

0 mm en los restantes casos

Dapi - Corrección debida a las diferentes temperaturas críticas entre los aceros de la armadura activa. Pueden considerarse para Dapi los valores siguientes (ver figura A.7.1):

    En general:

5 mm para barras pretensadas.

10 mm para alambres y cordones.

    Para elementos estructurales en zonas de almacén:

10 mm para barras pretensadas.

15 mm para alambres y cordones.

 


Figura A.7.1

 

    Las tablas están establecidas para temperatura crítica del acero de armar de 500°C. Para las armaduras activas, la temperatura crítica se considera de 400 °C en el caso de barras y de 350°C en alambres y cordones.

    Los valores dados en las tablas son aplicables a hormigones de densidad normal, confeccionados con áridos de naturaleza silícea.

    Cuando se empleen hormigones con áridos de naturaleza caliza, pueden admitirse las reducciones siguientes:

- En vigas y losas, un 10% tanto en las dimensiones mínimas de la sección recta como en los recubrimientos mecánicos equivalentes de las armaduras (am)

- En muros no resistentes (particiones), un 10% en el espesor mínimo.

- En muros resistentes y pilares, no se admitirá reducción alguna.

    En zonas traccionadas con recubrimientos de la armadura c ³ 50mm debe disponerse una armadura de piel para prevenir el desprendimiento de dicho hormigón durante el periodo de resistencia al fuego. Dicha armadura consiste en un mallazo de dimensiones inferiores a 150 mm, que esté anclado regularmente en la masa de hormigón.

    El valor del recubrimiento mecánico equivalente permite tener en cuenta la coexistencia de distintos tipos de acero en una misma sección transversal, con características diferentes frente al fuego, que las armaduras estén dispuestas en distintas capas y la influencia de diferente exposición al fuego de las armaduras de una capa.

    5.2 Pilares

    En la Tabla A.7.2 se indican los valores recomendados de las dimensiones y recubrimientos mecánicos equivalentes mínimos para pilares de hormigón armado y sección rectangular o circular.

     

Tabla A 7.2

Resistencia al fuego normalizada

Dimensión mínima bmin/ Recubrimiento mecánico equivalente mínimo amin
(mm)

R 30

150**/15

R 60

200**/20

R 90

250/30

R 120

250/40

R 180

350/45

R 240

400/50

** La dimensión mínima cumplirá lo indicado en el Artículo 55º.

    Cuando la armadura del pilar sea superior a 0,02Ac se recomienda distribuirla en todas sus caras si la resistencia al fuego es superior a 90 minutos. Esto no resulta necesario en zonas de solapo de armadura.

    5.3 Muros

    5.3.1 Muros no portantes

    Se recomienda que los muros de hormigón estructural no portantes, de cerramiento o particiones, dispongan de una esbeltez geométrica, relación entre la altura del muro y su espesor, inferior a 40 y cumplan con las dimensiones mínimas indicadas en la Tabla A.7.3.

     

Tabla A.7.3

Resistencia al fuego normalizada

Espesor mínimo del muro
(mm)

EI 30

60

EI 60

80

EI 90

100

EI 120

120

EI 180

150

EI 240

175

 

    5.3.2 Muros portantes

    Se recomienda que los muros portantes de hormigón estructural cumplan con las dimensiones y recubrimientos mecánicos equivalentes mínimos indicados en la Tabla A.7.4.

     

Tabla A.7.4

Resistencia al fuego normalizada

Espesor mínimo bmin/ Recubrimiento mecánico equivalente mínimo amin
(mm)

Muro expuesto por una cara

Muro expuesto por ambas caras

REI 30

100/15

120/15

REI 60

120/15

140/15

REI 90

140/20

160/25

REI 120

160/25

180/35

REI 180

200/40

250/45

REI 240

250/50

300/50

 

    5.4 Tirantes. Elementos sometidos a tracción

    La dimensión mínima de un tirante y el recubrimiento mecánico equivalente mínimo no serán inferiores a los recomendados en alguna de las combinaciones indicadas en la Tabla A7.5.

    En cualquier caso, el área de la sección transversal de hormigón debe ser mayor o igual que 2b2mín siendo bmin la dimensión mínima indicada en la Tabla A.7.5.

     

Tabla A.7.5 .

Resistencia al fuego normalizada

Dimensión mínima bmin/ Recubrimiento mecánico equivalente mínimo amin
(mm)

R 30

80/25

R 60

120/40

R 90

150/55

R 120

200/65

R 180

240/80

R 240

280/90

 

    Cuando la estructura soportada por el tirante sea sensible a su alargamiento por efecto del calor debido al fuego, se incrementarán los recubrimientos definidos en la Tabla A.7.5 en 10 mm.

    5.5 Vigas

    5.5.1 Generalidades

    Se consideran vigas expuestas al fuego por tres caras aquellas en las que la cara superior está aislada debido al solado o a cualquier otro tipo de elemento que mantenga su función aislante durante todo el periodo de resistencia al fuego. En este caso son de aplicación los criterios del apartado 5.5.2. En el resto de los casos las vigas se considerarán expuestas por sus cuatro caras y son de aplicación los criterios indicados en 5.5.3.

    Para vigas de ancho variable, como ancho mínimo se considerará el que existe a la altura del centro de gravedad mecánico de la armadura traccionada.

    Para vigas doble T, el canto del ala inferior deberá ser mayor que la dimensión mínima que se establezca como ancho mínimo. Cuando el canto del ala inferior sea variable se considerará, a los efectos de esta comprobación, el canto medio.

    5.5.2 Vigas con las tres caras expuestas al fuego

    La dimensión mínima y el recubrimiento mecánico equivalente mínimo recomendados para una viga no serán menores que los establecidos en alguna de las combinaciones indicadas en la Tabla A.7.6. En cualquier caso, el ancho mínimo del alma no será inferior al recomendado como b0,min en dicha tabla.

     

Tabla A.7.6

Resistencia al fuego normalizada

Dimensión mínima bmin/
Recubrimiento mecánico equivalente mínimo amin
(mm)

Ancho mínimo del alma bo,min (mm)

R 30

80/20

120/15

200/10*

-

80

R 60

100/30

150/25

200/20

-

100

R 90

150/40

200/35

250/30

400/25

100

R 120

200/50

250/45

300/40

500/35

120

R 180

300/75

350/65

400/60

600/50

140

R 240

400/75

500/70

700/60

-

160

    Los recubrimientos por exigencias de durabilidad serán normalmente mayores (ver tabla 37.2.4).

    Para resistencia al fuego normalizada R90 o superiores, se recomienda que en vigas continuas la armadura de negativos se prolongue hasta el 33% de la longitud del vano con una cuantía no inferior al 25% de la requerida en apoyos.

    En una longitud igual a 2h a cada lado de los soportes, el ancho del alma bo no será inferior al ancho mínimo bmin indicado en la Tabla A.7.6

    5.5.3 Vigas expuestas en todas sus caras

    En este caso son de aplicación las dimensiones y recubrimientos mecánicos equivalentes mínimos recomendados en la tabla A.7.6 y, asimismo que el área de la sección transversal de la viga no sea inferior a 2b2min siendo bmin la dimensión mínima indicada en dicha tabla.

    5.6 Losas macizas

    5.6.1 Losas macizas sobre apoyos continuos

    Si la losa debe cumplir con una función separadora (criterios E e I, definidos en 2) se recomienda que tenga un espesor mayor que el mínimo definido en la Tabla A.7.7. A estos efectos, podrá considerarse como espesor el solado o cualquier otro elemento que mantenga su función aislante durante todo el periodo de resistencia al fuego.

    Cuando de la losa se requiera sólo su función resistente (criterio R, definido en 2), el espesor será el necesario para cumplir con los requisitos de proyecto a temperatura ambiente cumpliendo el recubrimiento mínimo lo indicado en la Tabla A.7.7.

 

Tabla A.7.7

Resistencia al fuego normalizada

Espesor mínimo hmin (mm)

Recubrimiento mecánico equivalente mínimo amin
(mm)

Flexión en una dirección

Flexión en dos direcciones

Iy/Ix**£ 1,5

1,5<Iy/Ix**£ 22

REI 30

60

10*

10*

10*

REI 60

80

20

10*

20

REI 90

100

25

15

25

REI 120

120

35

20

30

REI 180

150

50

30

40

REI 240

175

60

50

50

(*)Los recubrimientos por exigencias de durabilidad serán normalmente mayores (ver Tabla 37.2.4).
(**)
Ix y Iy, son las luces de la losa. siendo Iy > Ix

    En las tablas, el valor del recubrimiento amin se referirá a la armadura de la capa inferior.

    Para resistencias normalizadas R90 o superiores se recomienda que la armadura de negativos se prolongue un 33% de la longitud del vano con una cuantía no inferior a un 25% de la requerida en apoyos.

    Para losas macizas sobre apoyos puntuales, en los casos de resistencia normalizada al fuego R90 o superiores, el 20% de la armadura superior sobre soportes se recomienda disponerla en toda la longitud del vano, en la banda de soportes.

    5.7 Losas nervadas o forjados reticulares

    Para losas nervadas unidireccionales son de aplicación los criterios establecidos para vigas, en lo que respecta al ancho y recubrimiento mecánico equivalente de las armaduras de los nervios (ver tabla A.7.6). Para el espesor de la capa de compresión (tabla A.7.7), ancho de alma y ancho de nervio se podrán tener en cuenta los espesores del solado y de las bovedillas no recuperables que mantengan su función aislante durante el período de resistencia al fuego, que puede admitirse igual a 120 minutos a falta de datos experimentales. En caso de bovedillas cerámicas pueden considerarse como espesores adicionales de hormigón equivalentes a dos veces su espesor real.

    Si los forjados o las losas nervadas disponen de elementos de entrevigado cerámicos o de hormigón y enlucido inferior para R £ 120 bastará con que se cumplan los valores de canto total y recubrimiento mecánico equivalente de las armaduras establecidos para losas macizas (ver Tabla A.7.7), pudiéndose contabilizar a efectos de este último los espesores equivalentes de enlucido con los criterios y condiciones indicados en el apartado 6.

    Para losas nervadas y forjados reticulares se recomiendan las dimensiones y recubrimientos mecánicos equivalentes mínimos establecidos en alguna de las combinaciones indicadas en la tabla A.7.8.

     

Tabla A.7.8

Resistencia al fuego normalizada

Ancho de nervio mínimo bmin/ Recubrimiento mecánico equivalente mínimo amin
(mm)

Espesor mínimo hs de la capa de compresión (mm)

R 30

80/20

120/15

200/10*

60

R 60

100/30

150/25

200/20

70

R 90

120/40

200/30

250/25

80

R 120

160/50

250/40

300/25

100

R 180

200/70

300/60

400/55

120

R 240

250/90

350/75

500/70

150

* Los recubrimientos por exigencias de durabilidad serán normalmente mayores (ver tabla 37.2.4).

    En losas nervadas, en los casos de resistencia normalizada al fuego R90 o superiores, se recomienda que: si se dispone sobre apoyos puntuales, el 20% de la armadura superior sobre soportes se distribuya en toda la longitud del vano, en la banda de soportes; y si se dispone sobre apoyos continuos la armadura de negativos se prolongue un 33% de la longitud del vano con una cuantía no inferior a un 25% de la requerida en apoyos.

     

    6 Capas protectoras

    La resistencia al fuego requerida puede ser obtenida mediante la aplicación de capas protectoras.

    Las propiedades y funcionamiento del material aislante que se use para las capas protectoras deben ser determinadas utilizando procedimientos de ensayo. Dichos ensayos deben confirmar que el material permanece coherente y cohesivo para todas las temperaturas y deformaciones previsibles y debe proporcionar información sobre los siguientes aspectos:

- Distribución de temperaturas en la sección transversal de hormigón, en función de la duración del fuego y espesor de la capa protectora.

- Cuando sea posible, espesor equivalente de hormigón, en función de la duración del fuego.

- Propiedades térmicas del material en función de la temperatura.

    Alternativamente podrá realizarse una comprobación específica de acuerdo con el método general.

    No obstante, y aún a falta de datos experimentales, los revestimientos de yeso pueden considerarse como espesores adicionales de hormigón equivalentes a 1,8 veces su espesor real para duración de fuego normalizado de hasta 120 minutos. En el caso de enlucidos aplicados bajo paramentos horizontales, como techos, para R90 se recomienda que su puesta en obra se realice por proyección, mientras que para valores superiores a R120 resulta necesario y además debe disponerse un armado interno no combustible firmemente unido a la vigueta.