18. Información en recibos.- Los recibos deberán contener de forma clara, como mínimo, los siguientes datos:
a) Domicilio del abono
b) Domicilio del abonado, si es distinto y figura como tal en la póliza
c) Tarifa aplicada
d) Potencia contratada o potencia base de facturación
e) Lectura del maxímetro si se ha instalado este aparato para determinación de la potencia base de facturación
f) Lecturas de los contadores que determinan el consumo facturado y fecha de las mismas que definan el plazo de facturación
g) Consumos facturados (se indicará si son reales o estimados)
h) Disposiciones oficiales con fechas de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, que fijarán la definición de la tarifa y su baremo de precios
i) Cálculo del importe resultante de sus términos de potencia y de energía de forma separada.
j) Complementos de tarifa aplicados (discriminación horaria y reactiva y cálculo de sus importes), independientemente para cada concepto)
k) Importe total del suministro
l) Alquileres (en su caso)
m) Importe de los gravámenes repercutibles
n) Canon sobre la energía eléctrica con expresión de su cálculo
ñ) Cantidades ya abonadas a cuenta en caso de que haya anulación de facturas anteriores
o) Neto a pagar
p) Suma total de la factura
q) Teléfono de las oficinas comerciales de la empresa eléctrica suministradora, y para pequeños abonados, nombre y dirección donde deben dirigirse las reclamaciones y lugares donde se puede efectuar el pago.