CAPÍTULO TERCERO

Elementos utilizados en las líneas
Conductores

    Art. 8º.-

    1.- Naturaleza.- Los conductores podrán ser de cualquier material metálico o combinación de éstos, que permitan construir alambres o cables de características eléctricas y mecánicas adecuadas para su fin e inalterables con el tiempo, debiendo presentar, demás, una resistencia elevada a la corrosión atmosférica.

    Sus características mecánicas y sus dimensiones satisfarán las condiciones que posteriormente se indican.

    Podrán emplearse cables huecos y cables rellenos de materiales no metálicos.

    Los conductores de aluminio y sus aleaciones serán siempre cableados.

    2.- Características.- Se adaptarán las características de los conductores que sean facilitadas por los fabricantes de los mismos.

    Si no se dispusiera de las características citadas en el párrafo anterior, se podrán utilizar los valores fijados en las correspondientes normas UNE de conductores.

    En el cuadro número 1 se resumen las características principales de los alambres más corrientemente utilizados en los conductores, según las citadas normas.

    La sección nominal mínima admisible de los conductores de cobre y sus aleaciones será de 10 mm2. En el caso de los conductores de acero galvanizado, la sección mínima admisible será de 12,5 mm2.

    Para los demás metales no se emplearán conductores de menos de 350 kilogramos de carga de rotura.

    

NATURALEZA

Peso específico gr/cm3

Diámetro mm

Carga de rotura
kg/mm2

Módulo de elasticidad final
kg/mm2

Coeficiente de dilatación lineal por 1ºC

Resistividad a 20ºC Ohm mm2/m.

Coeficiente de variación de resistividad

COBRE DURO

8,89

1 a 7,5

45 a 37

12.000

17x10-6

0,01759

0,00399

ALUMINIO DURO

2,70

1,25 a 5,50

20 a 16

6.750

23x10-6

0,02826

0,00403

ALEACIÓN DE ALUMINIO

2,70

1,40 a 4

30

6.500

23x10-6

0,03250

0,00360

ACERO
(Alma de cables)

7,78

1,25 a 4,75

133

20.000

11,5x10-6

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    En el caso en que se utilicen conductores usados, procedentes de otras líneas desmontadas, las características que afectan básicamente a la seguridad deberán establecerse razonadamente, de acuerdo con los ensayos que preceptivamente habrán de realizarse.

    Cuando en los cálculos mecánicos se tenga en cuenta el proceso de fluencia o de deformaciones lentas, las características que se adopten para estos cálculos deberán justificarse, bien mediante ensayos o utilizando valores comprobados en otras líneas.

    

    3.- Empalmes y conexiones.- Se denomina "Empalme" a la unión de conductores, que asegura su continuidad eléctrica y mecánica.

    Se denomina "Conexión" a la unión de conductores que asegura la continuidad eléctrica de los mismos, con una resistencia mecánica reducida.

    Cuando en una línea eléctrica se empleen como conductores cables, cualquiera que sea su composición o naturaleza, o alambres de más de 6 mm. de diámetro, los empalmes de los conductores se realizarán mediante piezas adecuadas a la naturaleza, composición y sección de los conductores.

    Lo mismo el empalme que la conexión no deben aumentar la resistencia eléctrica del conductor.

    Los empalmes deberán soportar sin rotura ni deslizamiento del cable el 90 por 100 de la carga de rotura del cable empalmado.

    La conexión de conductores, tal y como ha sido definida en el presente apartado, sólo podrá ser realizada en conductores sin tensión mecánica, o en las uniones de conductores realizadas en el bucle entre cadenas horizontales de un apoyo, pero en este caso deberá tener una resistencia al deslizamiento de al menos el 20 por 100 de la carga de rotura del conductor.

    Para conductores de alambre, de 6 mm. o menos de diámetro, se podrá realizar el empalme por simple retorcimiento de los hilos.

    Queda prohibida la ejecución de empalmes en conductores por la soldadura a tope de los mismos.

    Se prohibe colocar en la instalación de una línea más de un empalme por vano y conductor. Solamente en la explotación, en concepto de reparación de una avería, podrá consentirse la colocación de dos empalmes.

    Cuando se trate de la unión de conductores de distinta sección o naturaleza, es preciso que dicha unión se efectúe en el puente de conexión de las cadenas horizontales de amarre.

    Las piezas de empalme y conexión serán de diseño y naturaleza tal que eviten los efectos electrolíticos, si éstos fueran de temer, y deberán tomarse las precauciones necesarias para que las superficies en contacto no sufran oxidación.

    

Cables de tierra

    Art. 9º.- Cuando se empleen cables de tierra para la protección de la línea, se recomienda que el ángulo que forma la vertical que pasa por este punto y el conductor, no exceda de 35 grados.

    Los cables de tierra podrán ser de acero u otro metal que cumpla las condiciones, fijadas en el apartado 1 del artículo 8º.

    Asimismo, los empalmes de los cables de tierra reunirán las mismas condiciones de seguridad e inalterabilidad exigidas en el correspondiente aparato para los empalmes de los conductores.

    Cuando para el cable de tierra se utilice cable de acero galvanizado, la sección nominal mínima que deberá emplearse será de 50 mm2 para las líneas de primera categoría y 22 mm2 para las demás.

    Cuando se tome en consideración la cooperación de los cables de tierra en la resistencia de los apoyos, se incluirán en el proyecto los cálculos justificativos de que el conjunto apoyo-cable de tierra, en las condiciones más desfavorables, no tiene coeficientes de seguridad inferiores a los correspondientes a los distintos elementos.

    Los cables de tierra, cuando se empleen para protección de las líneas, deberán estar conectados en cada apoyo directamente al mismo si se trata de apoyos metálicos, o a las armaduras metálicas de la fijación de los aisladores, en el caso de apoyos de madera u hormigón. Además de esto deberán quedar conectados a tierra de acuerdo con las normas que se indican en el apartado 6 del artículo 12.

    Los herrajes de la línea deberán unirse al cable de conexión a tierra, pudiendo dejarse aislados en aquellos casos en que el autor del proyecto considere conveniente utilizar el aislamiento que le proporcionen los elementos del apoyo (crucetas de madera, etc.).

    

Herrajes

    Art. 10.- Se considerarán bajo esta denominación todos los elementos utilizados para la fijación de los aisladores al apoyo y al conductor; los de fijación del cable de tierra al apoyo; los elementos de protección eléctrica de los aisladores, y, finalmente, los accesorios del conductor, como separadores, antivibradores, etc.

    Los herrajes serán de diseño adecuado a su función mecánica y eléctrica, y deberán ser prácticamente inalterables a la acción corrosiva de la atmósfera, muy probablemente en el caso que fueran de temerse efectos electrolíticos.

    Las grapas de amarre del conductor deben soportar una tensión mecánica en el cable del 90 por 100 de la carga de rotura del mismo, sin que se produzca su deslizamiento.

    En el diseño de los herrajes empleados en líneas de muy alta tensión, se tendrá muy presente su comportamiento en el fenómeno de efecto corona.

    

Aisladores

    Art. 11.- Los aisladores utilizados en las líneas a que se refiere este Reglamento podrán ser de porcelana, vidrio u otro material de características adecuadas a su función.

    Las partes metálicas de los aisladores estarán protegidas adecuadamente contra la acción corrosiva de la atmósfera.

    

Apoyos

    Art. 12.- Los conductores de la línea se fijarán mediante aisladores y los cables de tierra de modo directo a las estructuras de apoyo. Estas estructuras que en todo lo que sigue denominaremos simplemente "Apoyos" podrán ser metálicas, de hormigón, madera u otros materiales apropiados, bien de material homogéneo o combinación de varios de los citados anteriormente.

    Los materiales empleados deberán presentar una resistencia elevada a la acción de los agentes atmosféricos, y en caso de no presentarla por sí mismos deberán recibir los tratamientos protectores adecuados para tal fin.

    La estructura de los apoyos podrá ser de cualquier tipo adecuado a su función. Se tendrá en cuenta su diseño constructivo, la accesibilidad a todas sus partes por el personal especializado, de modo que pueda ser realizada fácilmente la inspección y conservación de la estructura. Se evitará la existencia de todo tipo de cavidades sin drenaje, en las que pueda acumularse el agua de lluvia.

    1.- Clasificación según su función.- Atendiendo a su función en la línea, los apoyos se clasifican en la siguiente forma:

          "Apoyos de alineación": Que sirven solamente para sostener los conductores y cables de tierra, debiendo ser empleados únicamente en alineaciones rectas.

          "Apoyos de ángulo": Que se utilizan para sostener los conductores y cables de tierra en los vértices de los ángulos que forman dos alineaciones.

          "Apoyos de anclaje": Que deben proporcionar puntos firmes en la línea que limiten la propagación en la misma de esfuerzos longitudinales de carácter excepcional.

          "Apoyos de fin de línea": Que deben resistir en sentido longitudinal de la línea la solicitación de todos los conductores y cables de tierra.

          "Apoyos especiales": Son aquellos que tienen una función diferente a las definidas en la clasificación anterior.

    Los apoyos de los tipos enumerados pueden aplicarse a diferentes fines de los indicados, siempre que cumplan las condiciones de resistencia y estabilidad necesarias al empleo a que se destinen.

    2.- Apoyos metálicos.- En los apoyos de acero, así como en los elementos metálicos de los apoyos de otra naturaleza, no se emplearán perfiles abiertos de espesor inferior a 4 mm. Cuando los perfiles fueran galvanizados por inmersión en caliente, el límite anterior podrá reducirse a 3 mm. Análogamente, en construcción remachada o atornillada, podrán realizarse taladros sobre flancos de perfiles de una anchura inferior a 35 mm.

    En el caso de que los perfiles de la base del apoyo se prolonguen dentro del terreno sin recubrimiento de hormigón - caso de cimentaciones metálicas - el espesor de los perfiles enterrados no será menor de 6 mm.

    No se emplearán tornillos ni remaches de un diámetro inferior a 12 mm.

    La utilización de los tubos y, en general, de perfiles cerrados, se hará siempre en forma que resulten estancos, es decir, sin comunicación de su cavidad interior con el exterior.

    En estas condiciones, el espesor mínimo de la pared no será inferior a 3 mm, límite que podrá reducirse a 2,2 mm. Cuando estuvieran galvanizados por inmersión en caliente.

    En los perfiles metálicos enterrados sin recubrimiento de hormigón, se cuidará especialmente su protección contra la oxidación, empleando agentes protectores adecuados, como galvanizado, soluciones bituminosas, brea de alquitrán, etcétera.

    Se recomienda la adopción de protecciones anticorrosivas de la máxima duración, en atención a las dificultades de los tratamientos posteriores de conservación necesarios.

    3.- Apoyos de hormigón.- En todos los tipos prefabricados - centrifugados, vibrados, pretensados, etc.- deben prestarse especial atención al grueso de recubrimiento de hormigón sobre las armaduras, en evitación de grietas longitudinales y como garantía de la impermeabilidad.

    Se debe prestar también particular atención a todas las fases de manipulación en el transporte y montaje, empleando los medios necesarios para poder controlar adecuadamente la calidad de su fabricación.

    Cuando se empleen apoyos de hormigón en suelos o aguas que sean agresivos al mismo, deberán tomarse las medidas necesarias para su protección.

    4.- Apoyos de madera.- En líneas con postes de madera se emplearán principalmente el castaño y la acacia entre las especies frondosas y el pino silvestre, pino laricio, pino pinaster y abeto entre las especies coníferas.

    Las especies coníferas deberán ser tratadas mediante un procedimiento de preservación eficaz que evite su putrefacción.

    Las especies de crecimiento rápido, como el pino ínsignis y el eucalipto, serán aceptables sino en instalaciones provisionales para una duración no superior a dos años.

    La madera de los postes deberá tener la fibra recta, ser sana, debidamente descortezada y seca, y no presentará grietas longitudinales o radiales, nudos viciosos, torceduras excesivas, ni indicios de ataque.

    El extremo superior deberá tallarse en cono o cuña para dificultar la penetración del agua de lluvia.

    Las crucetas de madera deberán ser rectas, sin nudos apreciables, debiendo ser tratadas como se ha indicado anteriormente.

    El diámetro mínimo de los postes será de 11 centímetros, en su extremo superior en las especies coníferas, valor que podrá reducirse a 9 centímetros para el castaño.

    5.- Tirantes.- Los tirantes o vientos deberán ser varillas o cables metálicos, que en el caso de ser de acero deberán estar galvanizados a fuego.

    No se utilizarán tirantes definitivos cuya carga de rotura sea inferior a 1.750 kilogramos, ni cables formados por alambres de menos de 2 mm. De diámetro. En la parte enterrada en el suelo, se recomienda emplear varillas galvanizadas de no menos de 12 mm. de diámetro .

    La separación de los conductores a los tirantes deberá cumplir las prescripciones del apartado 2 del artículo 25.

    Se prohibe la fijación de los tirantes a los soportes de aisladores rígidos o a los herrajes de las cadenas de aisladores.

    En la fijación del tirante al apoyo se emplearán las piezas adecuadas para que no resulten perjudicadas las características mecánicas del apoyo ni las del tirante.

    Los tirantes estarán provistos de las mordazas o tensores adecuados para poder regular su tensión, sin recurrir a la torsión de los alambres, lo que queda prohibido.

    Si el tirante no estuviese conectado a tierra a través del apoyo, o directamente en la forma que se señala en el apartado 6 del artículo 12, estará provisto de aisladores. Estos aisladores se dimensionarán eléctrica y mecánicamente de forma análoga a los aisladores de la línea, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 24 y en el apartado 1 del artículo 29.

    Estos aisladores estarán a una distancia mínima de U/75 metros del conductor más próximo, estando éste en la posición que proporcione la distancia mínima al aislador, siendo U la tensión nominal en KV. de dicho conductor más próximo. Los aisladores no se encontrarán situados a una distancia inferior a 3 metros del suelo.

    En los lugares frecuentados, los tirantes deben estar convenientemente protegidos hasta una altura de 2 metros sobre el terreno.

    6.- Conexión de los apoyos a tierra.- Los apoyos de las líneas eléctricas de alta tensión deberán conectarse a tierra de un modo eficaz, de acuerdo con las normas que en el presente apartado se dictan , determinadas, teniendo en cuenta las características que pueden influir en:

a) La magnitud de la caída de tensión en la toma de tierra durante las descargas.

b) La duración de las descargas a tierra.

c) La probabilidad de contactos con las personas; y

d) La probabilidad de fallo del aislamiento.

 

    Deberán conectarse a tierra, mediante una conexión específica, todos los apoyos metálicos y de hormigón armado, así como las armaduras metálicas de los de madera en líneas de primera categoría, cuando formen, puente conductor entre los puntos de fijación de los herrajes de los diversos aisladores.

    En el caso de líneas equipadas con protecciones de la sensibilidad necesaria para detectar faltas francas a tierra en cualquier punto de la línea averiada en un tiempo muy breve, podrá omitirse la prescripción del párrafo anterior, en los casos siguientes:

         a) En los apoyos de hormigón armado, así como en los metálicos implantados directamente en el terreno, situados en zonas no frecuentadas y no equipados con cables de tierra, puede prescindirse de la puesta a tierra de los apoyos en líneas de tensiones nominales de: hasta 45 kV. Para los primeros y de hasta 20 kV. Para los segundos, ambas tensiones incluidas.

         b) En líneas equipadas con cables de tierra, sea cual fuera el material constituyente del apoyo, deberá disponerse toma de tierra en un apoyo por lo menos cada 500 metros, salvo en los apoyos de seguridad reforzada, que deberán estar siempre conectados a tierra.

    La puesta a tierra de los apoyos de hormigón armado podrá efectuarse de las dos formas siguientes:

    Conectando a tierra directamente los herrajes o armaduras metálicas a las que estén fijados los aisladores, mediante un conductor de conexión.

    Conectando a tierra la armadura del hormigón, siempre que la armadura reúna las condiciones que más adelante se exigen para los conductores, de conexión a tierra. Sin embargo, esta forma de conexión no se admitirá en los apoyos de hormigón pretensado.

    Los conductores de conexión a tierra podrán ser de cualquier material metálico que reúna las condiciones exigidas en el apartado 1 artículo 8º. Tendrán una sección tal que puedan soportar sin un calentamiento peligroso la máxima corriente de descarga a tierra prevista, durante un tiempo doble al de accionamiento de las protecciones de la línea.

    En ningún caso la sección de estos conductores será inferior a la eléctricamente equivalente a 16 mm2 de cobre.

    Se cuidará la protección de los conductores de conexión a tierra en las zonas inmediatamente superior e inferior al terreno, de modo que queden defendidos contra golpes, etc. En este sentido, cuando en el apoyo exista macizo de hormigón, el conductor no debe tenderse por encima de él, sino atravesarlo.

    Las tomas de tierra deberán ser de un material, diseño, dimensiones, colocación en el terreno y número, apropiados para la naturaleza y condiciones del propio terreno, de modo que puedan garantizar una resistencia de difusión, mínima en cada caso y de larga permanencia.

    El tipo o modelo, dimensiones y colocación (bajo la superficie del terreno) de los electrodos de difusión deberá figurar claramente en un plano de los que forman el proyecto de la línea, de modo que pueda ser aprobado por el Servicio correspondiente de la Administración.

    7.- Numeración y avisos de peligro.- En cada apoyo se marcará el número que le corresponda, de acuerdo con el criterio de comienzo y fin de línea que se haya fijado en el Proyecto, de tal manera que las cifras sean legibles desde el suelo.

    También se recomienda colocar indicaciones de existencia de peligro en todos los apoyos. Esta recomendación será preceptiva para líneas de primera categoría y, en general, para todos los apoyos situados en zonas frecuentadas.

    

Cimentaciones

    Art. 13.- Las cimentaciones de los apoyos podrán ser realizadas en hormigón, hormigón armado, acero o madera.

    En las cimentaciones de hormigón se cuidará de su protección en el caso de suelos o aguas que sean agresivos para el mismo.

    En las de acero o madera se prestará especial atención a su protección, de forma que quede garantizada su duración.

    Las cimentaciones o partes enterradas de los apoyos y tirantes, deberán ser proyectadas y construidas para resistir las acciones y combinaciones de las mismas señaladas en el artículo 30.