MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGÍA |
INSTALACIONES A TENSIONES ESPECIALES |
INSTRUCCIÓN MIE BT-030 |
ÍNDICE
1. PRESCRIPCIONES PARTICULARES.
1. PRESCRIPCIONES PARTICULARES
Estas instalaciones, además de cumplir con las prescripciones establecidas para las instalaciones a tensiones usuales y las complementarias según su emplazamiento, cumplirán las siguientes:
- Se aplicará obligatoriamente uno de los sistemas de protección de la Clase B para contactos indirectos (Instrucción MI BT 021), tanto a las envolventes conductoras de las canalizaciones como a las masas de los aparatos que no posean aislamiento reforzado o doble aislamiento.
- Los conductores empleados serán siempre de tensión nominal no inferior a 1.000 voltios.
Cuando estos conductores se instalen sobre soportes aislantes, deberán poseer una envoltura que los proteja contra el deterioro mecánico.
- La presencia de piezas desnudas bajo tensión que no estén completamente protegidas contra los contactos directos (Instrucción MI BT 021), se permitirá únicamente en locales afectados a un servicio eléctrico, siempre que sólo tenga acceso a él personal cualificado.
- Las canalizaciones deberán ser fácilmente identificables sobre todo cuando existan en sus proximidades otras canalizaciones a tensiones usuales o pequeñas tensiones.
- En el caso excepcional de empleo de un autotransformador para la transformación de una tensión usual en una tensión especial, la instalación a tensión usual y a partir de sus aparatos de protección, estará aislada igual que la instalación a tensión especial.