14 . Inscripciones

    14.1. Indicaciones de carga. - Se fijará sobre la grúa una placa o grabado en lugar visible, de forma, tamaño y material adecuado, en la que figurarán en caracteres indelebles y legibles desde el suelo los siguientes datos:

    Marca y modelo de la grúa.

    Alcances, cargas en punta, cargas máximas y sus distancias, correspondientes a los distintos montajes de pluma determinados como estándar por el fabricante.

    Indicación de conformidad a la presente ITC MIEAEM2 del Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención.

    14.2. Placa de fabricación. - Esta placa irá colocada en la proximidad de los accesos o en la cabina, y deberá indicar:

    a) El nombre del fabricante para grúas de fabricación nacional o el nombre del fabricante o del importador para grúas de importación.

    b) El año de construcción.

    c) Tipo y número de fabricación.

    d) Las diferentes cargas y distancias admisibles por el aparato para las diversas condiciones de empleo determinadas como estándar por el fabricante.

    14.3. Placas de distancia. - Se colocaran, cada diez metros, en la pluma, places legibles desde el puesto de conducción, indicando distancias al eje de giro de la grúa.

    14.4. indicadores. - Para las grúas, cuyo par sea superior a 1.500 KNm, la cabina deberá llevar un cuadro que tenga como mínimo:

    Un indicador de carga.

    Un indicador de alcances.

    Un indicador de par, al menos cualitativo.

    Un indicador de altura bajo gancho.

    14.5. Placa de instrucciones de utilización. - Se colocarán en la cabina o, en su defecto, sobre el armario eléctrico places que indiquen las maniobras, las consignas de utilización y las instrucciones de engrase.