13. INSTALACIÓN Y APARATOS ELÉCTRICOS
13.1. Disposiciones generales.
13.1.1. Limites de aplicación.
13.1.1.1. Las disposiciones de la presente ITC, relativas a la instalación y a los elementos constitutivos de los aparatos eléctricos, se aplican:
a) Al interruptor principal del circuito de potencia y a los circuitos derivados de él.
b) Al interruptor del alumbrado de la cabina y a los circuitos de este alumbrado.
El ascensor es considerado como un conjunto, de la misma forma que una máquina y los aparatos incorporados a ella.
13.1.1.2. Otras disposiciones reglamentarias relativas a los circuitos eléctricos de distribución cesan, por tanto, de ser aplicados desde las bornas de entrada de los interruptores citados de 13.1.1.1. Por el contrario ellas se aplican a la totalidad del circuito de alumbrado del cuarto de máquinas del hueco y del foso.
13.1.1.3. Las disposiciones de la presente ITC, para lo que está situado después de los interruptores citados en 13.1.1.1, están basadas en la medida de lo posible, teniendo en cuenta imperativos propios de los ascensores, en las normas existentes:
De nivel internacional: CEI.
De nivel europeo: CENELEC.
En esta ITC se hace referencia a las normas UNE correspondientes .
Cada vez que se haga referencia a una de estas normas se den referencias precisas de los limites de su aplicación.
Los materiales o equipo eléctrico empleado deben estar de acuerdo con las reglas del oficio en materia de seguridad si no se han precisado sus especificaciones.
13.1.1.4. La instalación eléctrica de los ascensores deberá:
a) Satisfacer las exigencias enunciadas en los documentos armonizados del Comité Europeo de Normalización (CENELEC), que han sido aprobados por los Comités Electrónicos de los países de la Comunidad Económica Europea
b) En ausencia de documentos armonizados como los mencionados en a), referentes a la instalación eléctrica, satisfacer las exigencias de las regulaciones españolas .
13.1.2. En los cuartos de máquinas y de poleas es necesaria una protección contra contactos directos, mediante protecciones cuyo grado sea, al menos, 1P2X.
13.1.3. La resistencia de aislamiento entre conductores y entre conductores y sierra deben ser superior a 1.000 Q/V con un mínimo de:
a) Quinientos mil Q para los circuitos de potencia y los circuitos de los dispositivos eléctricos de seguridad.
b) Doscientos cincuenta mil Q para los demás circuitos (maniobra, alumbrado, señalización, etc.).
(Estos valores son provisionales y serán alineados posteriormente con los que sean adoptados por el Comité de Estudios 64 de CENELEC)
13.1.4. El valor medio en corriente continua y el valor eficaz de la tensión en corriente alterna, entre conductores o entre conductor y sierra, no debe ser superior a 250 V para circuitos de maniobra y seguridad.
13.1.5. El conductor de neutro y el de seguridad de sierra deben ser siempre distintos.
13.2. Contactores, contactores auxiliares, componentes de los circuitos de seguridad.
13.2.1. Contactores y contactores auxiliares.
13.2.1.1. Los contactores principales (es decir, los necesarios para la parada de la máquina según 12.7) deben ser de las categorías siguientes, tal como son definidos por la norma UNE 2010981:
a) AC3 si se trata de contactores para motores alimentados por corriente alterna.
b) DC2 si se trata de contactores de potencia para corriente continua.
Estos contactores deben, por otra parte, permitir un 10 por 100 de arranques por impulsos.
13.2.1.2. Si por necesidad de la potencia a transmitir se deben usar contactores auxiliares para el mando de los contactores principales, aquellos contactores auxiliares deben ser de las categorías siguientes, según se define por la norma UNE 2011974(1):
a) AC11 si se trata de mandar electroimanes de corriente alterna.
b) DC11 si se trata de mandar electroimanes de corriente continua.
13.2.1.3. Tanto en los contactores principales vistos en 13.2.1.1 como en los contactores auxiliares referidos en 13.2.1.2 se admite como medidas tomadas para satisfacer el 14.1.1.1, que:
a) Si uno de los contactos de apertura (normalmente cerrado) está cerrado, todos los contactos de cierre estarán abiertos.
b) Si uno de los contactos de cierre (normalmente abierto) está cerrado, todos los contactos de apertura estarán abiertos.
13.2.2. Componentes de los circuitos de seguridad.
13.2.2.1. Cuando se utilizan aparatos de acuerdo con 13.2.1.2 como relés en un circuito de seguridad son de aplicaciones las hipótesis de 13.2.1.3.
13.2.2.2. Si los relés utilizados son tales que los contactos de apertura y cierre no están cerrados simultáneamente para ninguna posición de la armadura, se permite no considerar la posibilidad de atracción incompleta de la armadura móvil [14.1.1.1.f)].
13.2.2.3. Si existen aparatos conectados después de circuitos eléctricO5 de seguridad, deberán ellos responder a las prescripciones de 14.1.2.2.2 en lo que concierne a las líneas de fuga y distancias en el aire (pero no a las distancias de corte).
Esta imposición no se aplica a los aparatos mencionados en 13 2 1 113 2.1.213.2 2 1, que responder a las prescripciones de las normas UNE 2010981 y 2011974 (1).
13.3. Protección de los motores.
13.3.1. Los motores conectados directamente a la red deben estar protegidos contra cortocircuitos.
13.3.2. La protección contra sobrecargas de los motores alimentados directamente por la red debe estar asegurada por dispositivos de desconexión automática y rearme manual (con excepción de los dispositivos previstos en 13.3.3), que deben cortar todos los conductores activos de la alimentación al motor.
13.3.3. Cuando la sobrecarga se detecta en función del aumento de temperatura en los arrollamientos del motor, el dispositivo de desconexión puede volver a conectarse automáticamente a continuación de un enfriamiento suficiente.
13.3.4. Las prescripciones de 13.3.2 y 13.3.3 son de aplicación a cada arrollamiento de motor si éste tiene varios arrollamientos alimentados por circuitos diferentes.
13.3.5. Cuando los motores de tracción son alimentados por generadores de corriente continua accionados por motores, los motores de tracción deben igualmente estar protegidos contra sobrecargas.
13.4. Interruptores principales.
13.4.1. Los cuartos de máquinas deben tener, para cada ascensor, un interruptor capaz de cortar la alimentación del ascensor en todos los conductores activos. Este interruptor debe estar previsto para la intensidad más elevada admisible en las condiciones de empleo normal del ascensor.
Este interruptor no debe cortar los circuitos que alimentan:
a) El alumbrado de la cabina y su ventilación, si existe.
b) La tome de corriente sobre el techo de la cabina.
c) El alumbrado de los cuartos de máquinas y de poleas.
d) La tome de corriente en el cuarto de máquinas.
e) El alumbrado del interior del hueco.
f) El dispositivo de petición de socorro.
13.4.2. Los interruptores principales definidos en 13.4.1 deben tener posiciones estables de conectado y desconectado.
El órgano de mando del interruptor principal debe ser rápido y fácilmente accesible desde el acceso o de los accesos al cuarto de máquinas. Debe permitirse la fácil identificación del ascensor que le corresponde si el cuarto de máquinas es común a varios ascensores.
Nota: Si el cuarto de máquinas tiene varios accesos o si existen para un mismo ascensor varios cuartos de máquinas, cada uno con su acceso, puede ser utilizado como un contadordisyuntor, cuya desconexión debe ser mandada por un dispositivo de seguridad, de acuerdo con 14.1.2, puesto en serie con el circuito de alimentación de la bobina del contactordisyuntor. La reconexión del contactordisyuntor no podrá ser efectuada más que por una mediación del dispositivo que ha provocado su desconexión. Además de este contactordisyuntor debe existir en serie un contactor manual.
En el caso de una batería de ascensores
, cuando, después del corte del interruptor principal, una parte de los circuitos de maniobra queda bajo tensión, estos circuitos deben poder ser aislados separadamente, desde el cuarto de máquinas, si es necesario cortando la alimentación de todos los ascensores de la batería.
13.4.4. Los condensadores para corregir el factor de potencia, si existen, deben estar conectados antes del interruptor principal en el circuito de potencia.
Nota: Si son de temer sobretensiones, por ejemplo, cuando los motores son al i mentados por cables de gran longitud, el interruptor dei circuito de potencia debe cortar también la conexión de los condensadores.
13.5. Conductores eléctricos.
13.5.1. En los cuartos de máquinas, de poleas y en los huecos de los ascensores , los conductores y cables (exceptuando los cables de maniobra) deben ser escogidos entre los normalizados por las normas UNE 21027 y 21031, teniendo en cuenta las indicaciones del 13.1.1.3.
13.5.1.1. Los conductores que cumplen con 2.5 y 2.6 de la UNE 21031 pueden ser utilizados en todos los circuitos, excepto los circuitos de potencia de las máquinas, a condición de ser instalados en conductos metálicos o plásticos o de ser protegidos de manera equivalente.
13.5.1.2. Los cables rígidos, de acuerdo con 2.5 y 2.6 de la norma UNE 21031, no pueden ser utilizados más que en montaje fijo visible, fijados a las paredes del hueco (o del cuarto de máquinas) o instalados dentro de conductos o dispositivos análogos.
13.5.1.3. Los cables flexibles ordinarios, de acuerdo con 2.3 de la UNE 21027 y 2.4 de la UNE 21031, no pueden ser utilizados más que dentro de conductos o dispositivos que aseguren una protección equivalente.
Los cables flexibles que tengan una camisa gruesa, como los que cumplen con 2.4 de la norma UNE 21027, pueden ser utilizados como cables rígidos en las condiciones definidas en 13.5.1.2, y para la unión a un aparato móvil (a excepción de la cabina), o si los cables están sometidos a vibraciones.
Los cables, flexibles, de acuerdo con las normas UNE 21031 y 21027, son aceptados como cables de unión a la cabina, dentro de los limites fijados en estos documentos. En todos los casos, los cables flexibles escogidos deben tener una calidad, al menos, equivalente.
13.5.1.4. Las disposiciones de los artículos 13.5.1.1, 13.5.1.2 y 13.5.1.3 pueden no ser aplicadas:
a) A los conductores y cables no conectados a los circuitos de seguridad de las puertas de piso, con la condición de que:
1) No sea desarrollada una potencia nominal superior a 100 VA. |
2) La tensión entre polos (o fases) o entre un polo (o fase) y sierra, a la que ellos están normalmente sometidos, sea inferior o igual a 50 V. |
b) Al cableado de los dispositivos de maniobra o de distribución dentro de los armarios o sobre los cuadros:
1) Entre los distintos aparatos eléctricos, o |
2) Entre los aparatos y las bornas de conexión. |
13.5.2. Sección de conductores.
La sección de los conductores de los circuitos eléctricos de seguridad de las puertas no debe ser inferior a 0,75 mm2.
13.5.3. Modo de instalación.
13.5.3.1. La instalación eléctrica debe estar provista de las indicaciones necesarias para facilitar su comprensión.
13.5.3.2. Las conexiones, bornas para las mismas, conectores, exceptuando las piezas consideradas en 13.1.2, deben encontrarse en armarios, cajas o bastidores previstos a este efecto.
13.5.3.3. Cuando, después del corte del o de los interruptores principales del ascensor, quedan bornas de conexión bajo tensión deben éstas estar claramente separadas de las que no están bajo tensión, y si esta tensión es superior a 50 V, deberá esto estar convenientemente señalado.
13.5.3.4. Las bornas de conexión, cuya interconexión fortuita pueda ser cause de un funcionamiento peligroso del ascensor, deben estar claramente separadas, a menos que su constitución no permita este riesgo.
13.5.3.5. Para asegurar la continuidad de la protección mecánica, los revestimientos protectores de los conductores y cables deben penetrar en las cajas de los interruptores y aparatos, o tener un manguito apropiado en sus extremos.
Nota: Los bastidores cerrados de las puertas de piso y de las cabinas son considerados como cajas de aparatos. Sin embargo, si existe riesgo de deterioro mecánico, ocasionado por los elementos en movimiento o por la aspereza del bastidor mismo, los conductores conectados a los dispositivos eléctricos de seguridad deben estar protegidos mecánicamente.
13.5.3.6. Si un mismo conducto o cable contiene conductores cuyos circuitos están bajo tensión diferente, todos los conductores o hilos del cable deben tener previsto el aislamiento para la tensión más elevada.
13.5.4. Conectores.
Los aparatos enchufables y los conectores colocados en circuitos de seguridad deben estar concebidos y realizados de manera que, si para un montaje o desmontaje no es necesario un útil, sea imposible conectarlo en una posición incorrecta.
13.6. Alumbrado y tomes de corriente.
13.6.1. La alimentación del alumbrado eléctrico de la cabina, del hueco y de los cuartos de máquinas debe ser independiente de la alimentación de la máquina, bien provenga de otra línea o sea tomada de la que alimenta la máquina antes del interruptor general o de los interruptores principales previstos en 13.4.
13.6.2. La alimentación de las tomes de corriente previstas sobre el techo de la cabina, en los cuartos de máquinas y de poleas y en el foso, debe tomarse de los circuitos previstos en 13.6.1.
Estos enchufes de tome de corriente son:
Enchufes de tipo dos polos más sierra, 250 V, alimentados directamente, o
Enchufes alimentados a muy baja tensión de seguridad, de acuerdo con la norma UNE 20460, parte 441.
Nota: La utilización de los enchufes de tome de corriente anteriores no implica que el cable de alimentación tenga una sección correspondiente a corriente nominal del enchufe de tome de corriente; la sección de los conductores puede ser netamente inferior si está prevista la correcta protección de los conductores contra sobreintensidades.
13.6.3. Corte de los circuitos de alumbrado y tomes de corriente.
13.6.3.1. Un interruptor debe permitir cortar la alimentación del circuito de la cabina (si el cuarto tiene varias máquinas hace falta un interruptor para cada cabina). Este interruptor debe estar colocado en la proximidad del interruptor principal de potencia correspondiente.
13.6.3.2. Un interruptor debe permitir cortar la alimentación del circuito del cuarto de máquinas, del hueco y del foso. Este interruptor debe estar situado en el cuarto de máquinas y próximo a su acceso.
13.6.3.3. Cada circuito cortado por los interruptores previstos en 13.6.3.1 y 13.6.3.2 debe tener su protección particular.