CAPÍTULO SEGUNDO
Artículo 4.º A continuación se da la significación precisa de los términos técnicos más generalmente usados en este Reglamento:
Amortiguador.- Organo destinado a servir de tope deformable de final de recorrido y constituido por un sistema de frenado por fluido, muelle u otro dispositivo equivalente.
Aparato elevador para obras (A.E.O.).- Aparato elevador que se desplaza por guías verticales, o débilmente inclinadas respecto a la vertical, sirve niveles definidos y está dotado de una cabina cuyas dimensiones y constitución permiten materialmente el acceso de las personas y materiales a ella.
Aparato elevador para obras de adherencia.- Aparato elevador en el cual los cables son arrastrados por adherencia sobre poleas motrices del grupo tractor.
Aparato elevador para obras, de piñón y cremallera.- Aparato elevador cuya tracción la realiza directamente el piñón motriz del grupo tractor engranado sobre una cremallera fijada sobre la torre, mástil o estructura, en toda la altura del recorrido.
Aparato elevador para obras, de tambor de arrollamiento.- Aparato elevador en el que los cables o cadenas son arrastrados por el grupo tractor por procedimientos en los que no interviene la adherencia.
Bastidor.- Armazón metálico unido a los elementos de suspensión que soporta la cabina o el contrapeso.
Cabina.- Elemento del aparato elevador que efectúa el recorrido entre sus distintas paradas y en el que transporta pasajeros o materiales indistintamente.
Carga nominal o útil.- Valor máximo de la carga garantizada por el constructor del aparato elevador para su funcionamiento normal y que ha de figurar en la cabina en kilogramos.
Cercado.- Espacio delimitado al que sólo se ingresa por uno o más accesos provistos de puertas con llave.
Enclavamiento.- Efecto que producen los dispositivos eléctricos o mecánicos que, al actuar sobre algún elemento de la instalación, impiden el movimiento del aparato elevador.
Foso.- Parte del recinto situado inmediatamente debajo del nivel inferior servido por la cabina o contrapeso.
Gálibo de desplazamiento.- Espacios no limitados físicamente en los cuales se desplazan la cabina y el contrapeso.
Grupo tractor.- Elemento o conjunto de elementos motores y sus accesorios.
Guardapié o rodapié.- Pared lisa aplomada al borde de los umbrales de las puertas y por debajo de éstos.
Guías.- Elementos que dirigen el recorrido del bastidor de la cabina o contrapeso.
Limitador de velocidad.- Elemento que provoca la actuación del paracaídas o de un freno cuando la velocidad de la cabina o contrapeso sobrepasa un valor determinado.
Nivelación.- Sistema que permite obtener una parada precisa de la cabina a nivel de los pisos.
Paracaídas.- Dispositivo mecánico que se instala en el bastidor de la cabina o del contrapeso y que se destina a paralizar automáticamente éstos sobre sus guías o estructura en el caso de aumentar la velocidad en el descenso y/o en la rotura de los órganos de suspensión.
Paracaídas de acción amortiguadora.- Paracaídas en el que se adoptan dispositivos especiales para, en caso de actuación, limitar a un valor admisible, mediante deslizamiento sobre unas guías, la reacción sobre el bastidor.
Paracaídas de acción instantánea.- Paracaídas cuya acción sobre las guías o estructura se traduce en una paralización del bastidor sin desplazamiento apreciable de éstos sobre ellas, y sin que la reacción sobre el bastidor quede disminuida por la intervención de ningún sistema elástico.
Placa de tope.- Placa que se fija en el bastidor y que esta destinado a entrar en contacto con el amortiguador o con el tope.
Recorrido libre de seguridad.- Distancia disponible en los finales de recorrido de la cabina y del contrapeso que permite el desplazamiento de uno y otro más allá de los niveles extremos servidos.
Suspensión.- Conjunto de los órganos de suspensión (cables, cadenas, piñón, cremallera y accesorios), a los cuales se encuentra directamente unida a la cabina.
Suspensión diferencial o doble suspensión.- Sistema en el que los órganos de suspensión pasan por unas poleas móviles situadas en la cabina y/o contrapeso, teniendo uno o ambos extremos de la suspensión amarrados a puntos fijos.
Usuario.- Persona que utiliza el servicio de una instalación de aparato elevador.
Usuario autorizado.- Persona autorizada expresamente por el encargado del servicio ordinario del aparato elevador para utilizar éste.
Velocidad nominal o de régimen.- Velocidad determinada por el constructor del aparato elevador en función de la cual ha sido construido o instalado, expresada en m/s (metros por segundo).
Torre, mástil o estructura.- Conjunto de tramos metálicos unidos entre sí sobre el que van fijadas las guías de la cabina y en su caso, las poleas de reenvío, la cremallera o las guías del contrapeso.