INSTRUCCIÓN TÉCNICA COMPLEMENTARIA

ITC - MIE-AEM-4

REFERENTE A GRÚAS MÓVILESAUTOPROPULSADAS USADAS

 

1. Ámbito de aplicación

    La presente ITC se aplica a las grúas móviles autopropulsadas usadas, las cuales sólo podrán utilizarse para los usos previstos en el apartado A) 1 de las definiciones del apartado 2.

    Esta ITC no se aplicará:

    A las grúas que se hayan acogido a las disposiciones del Real Decreto 1435/1992, de 27 de noviembre, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva 897392/CEE relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre máquinas.

    A las grúas pórticos que se desplacen sobre neumáticos o sobre carriles.

     

2. Definiciones

    A efectos de esta ITC, se entiende por:

     

A) Definiciones generales

    1. Grúa móvil autopropulsada: aparato de elevación de funcionamiento discontinuo, destinado a elevar y distribuir en el espacio cargas suspendidas de un gancho o cualquier otro accesorio de aprehensión, dotado de medios de propulsión y conducción o formando parte de un conjunto con dichos medios que posibilita su desplazamiento por vías públicas y terrenos.

    2. Empresa alquiladora: es todo propietario de grúas móviles que efectúa el arrendamiento de estas máquinas mediante un contrato.

     

B) Definiciones de componentes

    1. Aparejo: sistema de poleas y de cables destinado a hacer variar las fuerzas y las velocidades.

    2. Base de grúa: dispositivo que soporta la estructura de la grúa. Dispone de sistemas propios de propulsión para poderse trasladar mediante ruedas, cadenas u otros sistemas.

    3. Cabina: habitáculo destinado al manejo y/o conducción de la grúa y que alberga a los mandos y al operador.

    4. Contrapeso: masa fijada sobre la estructura de la grúa para ayudar a equilibrar las acciones de la carga.

    5. Corona de orientación: elementos destinados a transmitir los esfuerzos (momento de carga, fuerzas horizontales y verticales) de la estructura giratoria a la base de la grúa y que es accionado por el mecanismo de orientación de la estructura giratoria.

    6. Dispositivo de puesta en veleta o giro libre: sistema que asegura la libre orientación de la estructura giratoria ante la acción del viento en la condición de fuera de servicio. Se puede utilizar, asimismo, para la autoalineación vertical de la pluma con la carga, antes de comenzar la maniobra de izado.

    7. Estabilizadores: dispositivos destinados a aumentar y/o asegurar la base de apoyo de una grúa en posición de trabajo.

    8. Estructura giratoria: estructura orientable capaz de soportar la pluma, contrapeso y todos los mecanismos de accionamiento de la grúa. No aloja necesariamente a los mecanismos de traslado de la grúa.

    9. Final de carrera de órgano de aprehensión: dispositivo de seguridad que impide que el órgano de aprehensión se halle muy próximo a la cabeza de la pluma o plumín.

    10., Indicador del ángulo de pluma: dispositivo que permite la lectura, desde la cabina del operador, del ángulo de inclinación de la pluma en cada momento.

    11. Indicador de carga en gancho: dispositivo que permite la lectura, desde la cabina del operador, de la carga que soporta el órgano de aprehensión en cada momento.

    12. Indicador de longitud de pluma: dispositivo que permite la lectura, desde la cabina del operador, de la longitud de pluma en cada momento para aquellas grúas equipadas con pluma telescópica.

    13. Indicador de momento de carga: dispositivo automático de seguridad que detecta para cada posición de trabajo la carga máxima que se puede manipular.

    14. Limitador de cargas: dispositivo automático de seguridad que detecta para cada posición de trabajo la carga máxima que se puede manipular, cortando el movimiento ascendente del mecanismo de elevación y aquellos movimientos que supongan aumentar los máximos momentos de carga prefijados en el correspondiente diagrama de cargas.

    15. Mecanismos de elevación: mecanismo que sirve para elevar y bajar la carga en la grúa y en el que el esfuerzo es transmitido por un elemento flexible (cable) desde un tambor motor.

    16. Mecanismos de extensión de la pluma: mecanismos que sirven para variar el alcance y la altura de elevación por variación de la longitud de la pluma telescópica.

    17. Mecanismo de inclinación de la pluma: mecanismo que sirve para variar el alcance y la altura de elevación por variación del ángulo de inclinación de la pluma.

    18. Mecanismo de orientación: mecanismo que asegura la rotación en un plano horizontal de la estructura giratoria de la grúa.

    19. Órgano de aprehensión: dispositivo (gancho, cuchara, electroimán, etc.) que sirve para suspender, coger o soportar la carga.

    20. Pluma: componente estructural de la grúa capaz de soportar el órgano de aprehensión cargado, asegurando el alcance y la altura de elevación solicitados.

    21. Suplemento de apoyo: elementos que son capaces de transmitir al suelo las acciones de la grúa.

     

C) Velocidad de los movimientos

    1. Velocidad máxima de elevación y descenso de la carga, Vn: velocidad controlada vertical de la carga elevada en régimen establecido.

    2. Velocidad de giro, W: velocidad angular de la rotación de la estructura giratoria de una grúa en régimen establecido. Se determina para el máximo alcance de carga, instalada la grúa sobre un emplazamiento horizontal y con una velocidad del viento, a una altura de 10 metros inferior a 3 metros/segundo.

    3. Velocidad de traslación, Vk: velocidad de desplazamiento de la grúa en el régimen establecido. Se determina con el aparato en carga y desplazándose sobre una vía o una superficie horizontal, y con una velocidad de viento, a una altura de 10 metros inferior a 3 metros/segundo.

    4. Velocidad de variación del alcance, Vr (por elevación y descenso de la pluma): velocidad medida del desplazamiento horizontal de la carga en el régimen establecido. Se determinan en la carrera de elevación de la pluma a partir de su alcance máximo, hasta su alcance mínimo, o viceversa, estando la grúa instalada sobre un terreno horizontal y con una velocidad de viento que no sobrepase, a 10 metros de altura, 3 metros/segundo.

    5. Tiempo de elevación de pluma, te: tiempo mínimo necesario para elevar la pluma desde su posición de alcance máximo a la de alcance mínimo. Se determina realizando la operación de elevación de la pluma estando la grúa instalada sobre un terreno horizontal y con una velocidad de viento que no sobrepase, a 10 metros de altura, 3 metros/segundo.

    6. Tiempo de telescopado de pluma, tt: tiempo necesario para pasar de la posición de pluma totalmente recogida a totalmente extendida. Se determina realizando la operación de telescopado estando la pluma en su ángulo máximo de inclinación, estando la grúa instalada sobre un terreno horizontal y con una velocidad de viento que no sobrepase, a 10 metros de altura, 3 metros/segundo.

     

D) Parámetros relacionados con la base

    1. Vía (k): distancia horizontal entre los ejes de carriles o de las ruedas del tren de rodadura, medida transversalmente al eje longitudinal de desplazamiento.

    2. Distancia entre ejes (B): distancia entre los ejes del tren de rodadura, medida paralelamente al eje longitudinal de desplazamiento.

    3. Peso por eje (GE): peso que soporta sobre la totalidad de las ruedas acopladas a un eje.

    4. Distancia entre ejes de estabilizadores (Bo): distancia entre los ejes verticales de los apoyos de los estabilizadores, medida según el eje longitudinal de desplazamiento de la grúa.

    5. Amplitud de los estabilizadores (Ko): distancia máxima entre los ejes verticales de los apoyos de los estabilizadores, medida transversalmente al eje longitudinal de desplazamiento de la grúa.

    6. Pendiente superable (i): pendiente máxima, expresada en porcentaje, que la grúa puede superar.

    7. Contorno de apoyo: contorno formado por la proyección sobre el suelo de las líneas que unen los ejes verticales de los elementos de apoyo de la grúa.

    8. Radio de la circunferencia del espacio del borde interior (Rk): radio de la circunferencia interior medida sobre un plano vertical tangente al punto más exterior que describe la rueda de menor radio, cuando la grúa efectúa la curva de menor radio (véase esquema del punto 10).

    9. Radio de la circunferencia del espacio del borde exterior (entre bordillos) (R): radio de la circunferencia medida sobre un plano de la circunferencia medida sobre un plano vertical tangente al punto más exterior del neumático cuando la grúa está efectuando su curva de menor radio. Es igual al radio de la circunferencia de giro más el ancho total del neumático en ese plano (véase esquema del punto 10).

    10. Radio de la circunferencia del espacio del giro (entre paredes) (Ro): radio de la circunferencia que abarca los puntos más exteriores de proyección de la grúa, mientras ésta efectúa su curva de menor radio (véase esquema)

 

    11. Velocidad de desplazamiento en ruta, Vo: velocidad máxima de desplazamiento de la grúa en orden de marcha, accionada por sus propios medios.

     

E) Parámetros generales

    1. Clasificación de la grúa y sus mecanismos: de acuerdo con la norma UNE 58-531-89.

    2. Zona de proximidad: espacio de seguridad que precisa la grúa durante su fase de trabajo.

     

F) Parámetros dimensionales

    1. Alcance o radio, L: distancia horizontal entre el eje de orientación de la parte giratoria y el eje vertical de elevación, estando el aparato de elevación instalado sobre un emplazamiento horizontal.

    2. Alcance a partir del eje de vuelco, A: distancia horizontal entre el eje de vuelco y el eje vertical del elemento de aprehensión sin carga, estando el aparato de elevación instalado sobre un emplazamiento horizontal.

    3. Amplitud de alcance: distancia horizontal entre los ejes verticales de las posiciones extremas del elemento de aprehensión para una determinada longitud de pluma. A la posición extrema más próxima al eje de giro se le denomina alcance mínimo, a la más alejada, alcance máximo.

    4. Longitud de pluma: es, para cada configuración, la distancia, expresada en metros entre el eje del giro vertical de la pluma y el eje de las poleas de izado de carga.

    5. Longitud de plumín: es, para cada configuración, la distancia, expresada en metros entre el punto de fijación a 1g, pluma y el eje de sus poleas de izado de carga.

    6. Angulo de la pluma: es el formado por el eje longitudinal de la pluma con el plano horizontal.

    7. Ángulo del plumín: es el formado entre el eje longitudinal del plumín y el eje longitudinal de la pluma que lo soporta.

    8. Zona de barrido trasero r: radio máximo de la parte giratoria de la grúa en el lado opuesto a la pluma.

    9. Altura de elevación, H: distancia vertical entre el nivel de apoyo de la grúa y el dispositivo de aprehensión cuando éste se encuentra en la posición más elevada de trabajo:

    a) Para ganchos y horquillas, la medida se toma a su superficie de apoyo.

    b) Para otros dispositivos de aprehensión, la medida se toma a su punto más bajo (en posición cerrada).

    La altura de elevación se tomará sin carga y con la grúa instalada sobre un terreno horizontal.

    10. Profundidad de descenso, h: distancia vertical entre el nivel de apoyo de la grúa y el dispositivo de aprehensión, estando éste en su posición de trabajo más baja:

    a) Para ganchos y horquillas, la medida se toma a su superficie de apoyo.

    b) Para los otros dispositivos de aprehensión, la medida se toma a su punto más bajo (en posición cerrada).

    La profundidad de descenso se tomará sin carga y con la grúa instalada sobre un terreno horizontal.

    11. Amplitud de elevación, D: distancia vertical entre la posición de trabajo superior e inferior del dispositivo de aprehensión.

     

G) Parámetros de carga

    1. Momento de carga M=L*Q: producto de la carga nominal correspondiente (Q) por su radio o alcance (L).

    2. Momento de vuelco MA=A*Q: producto de la carga nominal correspondiente (Q) por la distancia de su proyección al eje de vuelco (A).

    3. Masa neta, Gk: masa de la grúa sin contrapesos, carburante, lubricante y agua.

    4. Masa total, Go: masa total de la grúa en orden de marcha, con contrapesos, carburante, lubricante y agua.

    5. Carga sobre un apoyo, P: valor de la carga máxima vertical transmitida a través de un apoyo al camino de rodadura o al suelo.

    6. Diagrama de cargas y alcances: correlación de cargas y alcances para cada longitud de pluma y configuración de trabajo.

    7. Cargas sobre estabilizadores: diagrama de cargas que expresa las diferentes capacidades de elevación cuando la grúa trabaja firmemente apoyada sobre los estabilizadores y debidamente nivelada.

    8 Cargas sobre ruedas: diagrama de cargas que expresa las diferentes capacidades de elevación cuando la grúa trabaja apoyada únicamente sobre las ruedas de desplazamiento de la base.

    9. Cargas en 360°: diagrama de cargas sobre estabilizadores o sobre ruedas referido a la zona de trabajo en giro total de la estructura de 360°.

    10. Cargos sobre el lateral: diagrama sobre estabilizadores o sobre ruedas referido a la zona de trabajo que determine el fabricante, con la pluma orientada hacia los dos laterales de la base de la grúa.

    11. Cargas por detrás: diagrama de cargas sobre estabilizadores o sobre ruedas referido a la zona de trabajo que determine el fabricante, con la pluma orientada hacia la parte posterior de la base de la grúa según el sentido de marcha.

    12. Cargas por delante: diagrama de cargas sobre estabilizadores o sobre ruedas referido a la zona de trabajo que determine el fabricante, con la pluma orientada hacia la parte anterior de la base de la grúa según el sentido de marcha.

    13. Coeficiente de estabilidad: es la relación expresada en tanto por ciento, entre las capacidades de carga de un diagrama y las que produciría el equilibrio inestable de la máquina.

     

H) Criterios de clasificación

    1. Clasificación de las grúas según sea la base sobre la que va montada:

    a) Montada sobre ruedas: aquélla cuya base está equipada de ruedas para su desplazamiento, que puede ser de desplazamiento rápido, todo-terreno o mixta (desplazamiento rápido todo-terreno).

    b) Montada sobre cadenas: aquélla cuya base está equipada de cadenas para su desplazamiento.

    c) Montada sobre bases especiales: aquélla cuya base está equipada para su desplazamiento de otros distintos de ruedas o cadenas.

     

    2. Clasificación de las grúas según su estructura:

    a) De estructura giratoria: aquélla cuya estructura superior completa, incluida pluma y equipo de mando, gira sobre su base.

    b) De pluma giratoria: aquélla cuya estructura superior, incluida la pluma, sin equipo de mando, gira sobre su base.

    c} De pluma fija: aquélla cuya estructura superior, incluida la pluma, es fija respecto a su base.

    d) Grúa articulada: aquélla cuya estructura superior incluida la pluma, es fija respecto a una base articulada.

     

    3. Clasificación de las grúas según los tipos de plumas:

    a) Pluma de longitud fija: pluma de longitud de funcionamiento fija que puede variarse con la incorporación o eliminación de elementos, pero no puede modificarse durante el ciclo de trabajo.

    b) Pluma de celosía: pluma de longitud fija de estructura de tipo de celosía

    c) Pluma telescópica: formada por varias secciones que permiten variar su longitud por un procedimiento telescópico.

    d) Pluma sobre mástil: montaje compuesto de una pluma dispuesta en, o cerca de, la cabeza de un mástil vertical o casi vertical.

     

    4. Clasificación según los equipos especiales:

    a) Plumines:

    1.° Fijo: es una extensión en la extremidad superior de la pluma o cerca de ella para dotarla de una longitud suplementaria de pluma, compuesto de una o varias secciones.

    2.° Abatible: es una extensión en la extremidad superior de la pluma o cerca de ella para dotarla de una longitud suplementaria de pluma, compuesto de una o varias secciones, que se articula para permitir su giro en el plano vertical.

    b) Otros equipos: son aquellos que unidos a la grúa aumentan sus capacidades y/o prestaciones.

    Nota: En anexo V se muestran ejemplos de las distintas configuraciones de grúas móviles autopropulsadas.

     

3. Requisitos

    Las grúas móviles autopropulsadas objeto de esta ITC deberán cumplir con las normas de seguridad que se indican en el anexo 1.

     

4. Procedimiento

    1. Antes de que se realice la primera utilización de una grúa, a partir de la entrada en vigor de la presente ITC, el propietario deberá presentar por duplicado ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma donde radique su domicilio social, declaración de conformidad individualizada del parque de grúas autopropulsadas que integran la empresa, certificado por un organismo de control según anexo II.

    El órgano competente de dicha Comunidad Autónoma registrará la referida declaración de conformidad y sellará una copia, que devolverá al propietario, el cual deberá conservarla para las posteriores inspecciones periódicas u otras comprobaciones que fuesen pertinentes.

    2. La fecha del registro de la declaración de conformidad constituirá la base para contar el tiempo en que deberán realizarse las inspecciones oficiales.

     

5. Mantenimiento y revisiones

    Las grúas móviles autopropulsadas objeto de esta ITC serán revisadas de acuerdo con lo establecido por el fabricante de la grúa o de los conjuntos incorporados a la misma, en los manuales específicos para revisión y mantenimiento, cumpliendo lo establecido en el capítulo 5 de la norma UNE 58-508-78.

    El mantenimiento y revisiones de las grúas serán responsabilidad del propietario.

    Las revisiones se efectuarán por las empresas conservadoras que cumplan lo establecido en los artículos 10 y 12 del Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención.

    Asimismo, tendrán la consideración de empresas conservadoras el fabricante o importador, el propietario o la empresa alquiladora, siempre y cuando cumplan los mencionados artículos del Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención.

    Dichas empresas conservadoras deberán contar como mínimo con un operario cualificado por cada 15 grúas o fracción a conservar.

    La responsabilidad civil de las mismas deberá estar cubierta mediante una póliza de seguros que cubra el riesgo derivado de sus actuaciones, con un mínimo de 100.000.000 de pesetas.

    Las grúas objeto de esta ITC deberán tener un mantenimiento preventivo, como mínimo una vez cada seis meses, conforme a las prescripciones de la norma UNE 58-508-78.

    El resultado de las revisiones será reflejado en el historial de la grúa.

     

6. Inspecciones oficiales

    Periodicidad. Las grúas objeto de esta ITC serán inspeccionadas periódicamente con los plazos indicados a continuación:

    a) Grúas hasta seis años de antigüedad: Cada tres años.

    b) Grúas entre seis y diez años de antigüedad: Cada dos años.

    c) Grúas de más de diez años de antigüedad: Cada año.

    La antigüedad se computará a partir de la primera puesta en servicio a que se refiere el artículo 4.

    Estas inspecciones serán realizadas por un organismo de control, facultado para la aplicación del Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención. Un ejemplar del acta de inspección se suministrará al propietario, y otro será enviado al órgano competente de la Comunidad Autónoma en que esté inscrita la empresa.

    En las inspecciones oficiales se deberán controlar los conceptos que figuran en el anexo IV.

    Todo ello, sin perjuicio de las que pudieran corresponder con arreglo a su categoría como vehículo.

     

7. Historial de la grúa

    1. El propietario o la empresa alquiladora tendrá a disposición del órgano competente de la Comunidad Autónoma o del organismo de control, el historial en el que haga constar todas las incidencias derivadas de la utilización o conservación de la grúa, tales como:

    a) Identificación de la grúa.

    b) Sustitución o reparación de motores.

    c) Sustitución o reparación de mecanismos o componentes hidráulicos.

    d) Sustitución o reparación de elementos estructurales.

    e) Inspecciones oficiales de base.

    f) Inspecciones oficiales de la estructura.

    g) Revisiones.

    h) Modificaciones de las características de la grúa.

    i) Accidentes ocurridos en la utilización de la grúa.

    j) Sustitución de cables de elevación.

    En el anexo Vl figuran los modelos, a título orientativo, para la formalización de dicho historial.