CAPÍTULO SEXTO

Régimen sancionador

   Artículo 18º Sanciones

   En caso de incumplimiento de las disposiciones obligatorias reguladas en este reglamento o en sus instrucciones técnicas complementarias se estará a lo dispuesto en los artículos 30 a 38 de la Ley 21/1992 de 16 de julio, de Industria, sobre infracciones administrativas.