NORMA 6

Mezcla de gases a presión contenidos en botellas

1. OBJETO

   Esta norma fija las condiciones generales que deben cumplir las mezclas de gases, así como los recipientes en que deben envasarse y los accesorios de éstos.

   

   2. CAMPO DE APLICACIÓN

   Esta norma define las condiciones de compatibilidad de los componentes de las mezclas de gases en estado líquido y/o gaseosos especificando las características de sus envases y sus accesorios.

   

3. DEFINICIONES

   Mezcla estándar o industrial. Mezcla de gases que por su volumen de comercialización y su aplicación tienen el mismo tratamiento que los gases industriales. Esta norma sólo se refiere a ellos en lo concerniente a compatibilidad de los componentes.

   Mezcla técnica o de calibración. Mezcla de gases, generalmente de precisión, utilizados para calibración de analizadores, para trabajos específicos y de investigación u otras aplicaciones concretas, y que requieren especial cuidado en su fabricación y utilización.

   

4 . CONDICIONES DE LLENADO

   4.1. Condiciones generales.

   Para envasar una mezcla deben cumplirse los siguientes requisitos:

   - Que entre el recipiente y la mezcla no puedan producirse fenómenos de absorción ni reacción química peligrosa.

   - Que los componentes, en las proporciones que entren en la mezcla, se comporten de forma conocida.

   - Que no exista entre los componentes las incompatibilidades de la tabla I.

   - Que los componentes no puedan reaccionar entre sí de forma peligrosa.

   - Que los valores de la presión de llenado no sobrepasen los indicados en los capítulos 4.2 y 4.3 de esta norma.

   - Que el recipiente cumpla con las exigencias de las normas 1, «Cálculo, construcción y recepción de botellas de acero sin soldadura para gases comprimidos, licuados y disueltos», y 2, «Cálculo, construcción y recepción de botellas de acero soldadas para gases comprimidos, licuados y disueltos», y 14, «Cálculo, construcción y recepción de botellas de aleación de aluminio sin soldadura para gases comprimidos a presión, licuados y disueltos a presión».

   - Que antes de su envasado se proceda a clasificar la mezcla como: Inflamable, auto-inflamable tóxica y/o corrosiva. La mezcla se considerará clasificada en alguno/s de estos grupos cuando uno o más componentes de la misma figure como tal en la tabla I.

   

   

   4.2. Presión de llenado.

   - Las mezclas formadas por componentes no condensados (temperatura crítica inferior a -10° C) pueden llenarse hasta alcanzar, a una temperatura de la mezcla de + 15° C, una presión máxima de 2/3 de la presión hidrostática de prueba del recipiente.

   - Las mezclas en una fase (gaseosa), en las que alguno de los componentes es condensable no pueden llenarse a una presión superior a aquella que de una presión parcial del componente condensable superior a su tensión de vapor, a la mínima temperatura prevista para su llenado o utilización. (Los valores de tensión de vapor a + 5° C figuran en la tabla I).

   Es decir:

Siendo

   PLL = Presión de llenado (presión manométrica) (kg/cm2).
   Pv = Tensión de vapor del componente condensable (presión absoluta) (kg/cm2).
   
Xc = Tanto por ciento del componente condensable.

   4.3. Grado de llenado.

   - Para las mezclas de dos fases (líquida y gaseosa) de componentes condensables (temperatura crítica superior a -10° C) deberá calcularse el grado de llenado de forma que la presión resultante a una temperatura de la mezcla de + 70° C no sobrepase la presión de prueba del recipiente, ni que en ningún caso quede el recipiente completamente lleno de la fase líquida a una temperatura de la mezcla inferior o igual a + 60° C.

   

5. IDENTIFICACIÓN

   5.1. Mezclas «standard» o industriales.

   5.1.1. Pintura. Se pintará de acuerdo con lo especificado en la norma 4, «Colores de identificación de gases industriales y medicionales contenidos en botellas».

   5.1.2. Conexiones. La conexión de salida del grifo o válvula estará de acuerdo con la norma 3, «Acoplamiento para válvulas en botellas y botellones a contener gases industriales».

   5.2. Mezclas técnicas o de calibración.

   5.2.1. Pintura. Todas estas botellas se pintarán de color gris plateado en su cuerpo y ojiva.

   Deberá indicarse con pintura, etiqueta u otros medios adecuados los componentes de la mezcla, utilizando para ello, preferentemente, los símbolos o fórmulas químicas y sus concentraciones.

   En los gases tóxicos, corrosivos e inflamables, se colocará una etiqueta indicativa del peligro del mismo, de acuerdo con lo indicado en el Reglamento Nacional para el Transporte de Mercancías Peligrosas.

   5.2.2. Conexiones. La conexión de salida del grifo o válvula será:

   Conexión: Macho. Tipo de rosca: M 19 x 1,5 izd. Material: Latón con tanto por ciento Cu < 70 por 100.

   En el caso de mezclas corrosivas, el material será de acero inoxidable u otro adecuado.

   

6. PRUEBAS PERIÓDICAS

   Estas botellas se someterán a las pruebas periódicas especificadas en la norma 7, "Inspecciones periódicas y mantenimiento a que han de someterse las botellas de acero sin soldadura destinadas a contener gases comprimidos y licuados".

   

7. COMPATIBILIDAD DE COMPONENTES

   7.1. Mezclas binarias.

   -El diagrama de la tabla I es un medio para de terminar si los componentes integrantes de una mezcla pueden ser o no incompatibles, o reaccionar peligrosamente entre ellos.

   -Los gases están ordenados en 12 grupos, en función de su analogía química. Existe un 13° grupo (N) que integra a los gases químicamente inestables.

   -El diagrama utiliza los siguientes signos para clasificar la compatibilidad de los componentes de la mezcla, considerando la temperatura máxima de 70° C.

   Pueden mezclarse en cualquier proporción; no se produce reacción peligrosa.

   Pueden mezclarse con limitaciones, según se indica a continuación:

   

Debe comprobarse que la concentración de oxígeno no da lugar a una inflamación de la mezcla. Normalmente si la concentración de cualquiera de los componentes es menor de 2 por 100 en volumen, no existe peligro (no aplicable si uno de los gases es autoinflamable, butano o acetileno).

Debe comprobarse que la concentración de oxígeno (O2) no da lugar a una inflamación de la mezcla.

Las mezclas con flúor (F2) sólo pueden llenarse tomando las debidas precauciones en su preparación y utilización.

Las mezclas con acetileno (C2H2) sólo pueden llenarse tomando las debidas precauciones en su preparación y utilización.

Sólo pueden llenarse después de haber comprobado que la mezcla concreta no es peligrosa.

No deben llenarse por que pueden dar lugar a reacciones peligrosas. Solamente en casos especiales y bajo determinadas condiciones, previos los estudios y asesoramientos convenientes, podrán prepararse bajo la responsabilidad del fabricante.

 

   7.2. Mezclas de más de dos componentes.

   El diagrama también puede utilizarse para mezclas de más de dos componentes en los casos siguientes:

   7.2.1. Si se trata de mezclas de gases del grupo A con otro totalmente compatible con los gases del grupo A.

   7.2.2. Si se trata de mezcla de gases del grupo A con otros que pueden ser mezclados entre sí y cada uno con los del grupo A.

   7-2.3. Mezclas de gases de los grupos A, B y C con hidrocarburos o los derivados halogenados.

   7-2.4. En las mezclas con el grupo de los gases químicamente inestables se tomarán las debidas precauciones en su preparación y utilización.