TÍTULO 5

Suministro de agua por aforo

    

5.0 PREÁMBULO

    En el suministro de agua por aforo, debe asegurarse al abonado un volumen determinado de agua al día, mediante un caudal continuo de valor constante, regulado por un dispositivo llamado "llave de aforo" que debe ser de sistema y modelo aprobado por el Estado.

    Esta forma de suministro, corriente hasta que se generalizó el uso del contador de agua, subsiste, sin embargo, en algunos lugares, debido, directa o indirectamente, a consideraciones de orden económico, que retrasan su desaparición.

 

5.1 DEFINICIONES

    "Ramal" es el conjunto de tubería y válvulas que enlazan la red pública con la instalación interior del edificio, junto al muro de la fachada.

    "Llave de aforo" es el dispositivo que permite regular la cuantía del caudal continuo de agua que se suministra al abonado, así como su fácil medición y modificación en caso necesario.

    "Montante o tubo ascendente" es la tubería que une la llave de aforo con el depósito de reserva del abonado.

    "Tubo de alimentación" es la tubería de la instalación interior que enlaza el ramal con la batería de aforos, en caso de existir esta.

    "Batería de aforos" es el elemento que permite reunir a varias llaves de aforo para las tomas correspondientes a cada uno de los abonados.

    "Deposito de reserva" es el recipiente que permite la acumulación del agua correspondiente a la instalación de cada abonado.

 

5.2 MATERIALES

    Todos los elementos de la instalación estarán fabricados con materiales que no modifiquen las características de calidad y potabilidad del agua.

 

5.3 RAMAL

    El ramal será instalado por el suministrador y se ajustara como mínimo a las dimensiones del cuadro siguiente, según sea la capacidad total de los aforos contratados:

    

Capacidad total de suministro en litros/día

Diámetro interior del tubo en mm.

Hasta 1.250

10

De 1.250 a 5.000

20

De 5.000 a 18.000

30

De 18.000 a 30.000

40

 

5.4 LLAVE DE AFORO

    5.4.1 El aforo propiamente dicho estará constituido por una pieza fácilmente intercambiable, llamada "medidor", en la que existirá un orificio calibrado.

    5.4.1.1 El medidor será de un material suficientemente duro para que sea mínimo el desgaste del agujero calibrado producido con el tiempo por el paso de agua. Dicho desgaste puede permitir, como máximo, un aumento del 1 por 100 del caudal medido bajo una misma diferencia de presión, al cabo de sesenta días de funcionamiento continuo.

    5.4.1.2 La forma del medido, así como su situación respecto al sentido de circulación del agua, será tal que las posibilidades de obstrucción del agujero por alguna impureza del agua sean mínimas.

    5.4.1.3. Las dimensiones del medidor serán únicas, variando para los distintos caudales solamente el calibre del orificio.

    5.4.1.4. Deberá asegurarse la estanqueidad absoluta entre el medidor y su asiento.

    5.4.2. La cámara de alojamiento del medidor estará intercalada entre dos válvulas que permitirán cambiarlo estando el ramal de alimentación en presión normal y sin que se vacíe el tubo ascendente o montante.

    5.4.3 La cámara de alojamiento del medidor y las dos válvulas mencionadas formarán un sólo cuerpo, constituyendo la "llave de aforo".

    5.4.4. Entre el medidor y la válvula del lado abonado se deberá poder conectar fácilmente un dispositivo que permita comprobar el caudal suministrado, sin desplazarse del lugar donde está instalada la llave de aforo, aunque teniendo en cuenta la contrapresión normal del tubo ascendente o montante lleno.

    5.4.5 Tanto las válvulas como las piezas que permitan el acceso al medidor dispondrán de los elementos precisos para que el suministrador pueda precintarlas fácilmente.

    5.4.6 La llave de aforo estará situada en una arqueta de dimensiones adecuadas, impermeabilizada y fácilmente accesible para el personal del suministrador.

    5.4.7 En el caso de existir más de una llave de aforo para un mismos inmueble deberán conectarse a una batería de aforos.

 

5.5 TUBERÍA ASCENDENTE O MONTANTE.

    5.5.1. El tubo que constituye el montante describirá en su trayecto el mínimo de curvas imprescindibles.

    5.5.2. En el punto más bajo del tubo ascendente o montante se dispondrá un tapón roscado que permita el vaciado completo del tubo.

    5.5.3. El tubo ascendente o montante no podrá tener ninguna derivación en toda su longitud, bajo ningún concepto.

    5.5.4. El diámetro interior del tubo ascendente o montante será uniforme en toda su longitud.

    5.5.5. En el caso de que el tubo ascendente deba atravesar algún muro se dispondrá de manera que el tubo quede independiente de la obra.

    5.5.6. El tubo ascendente o montante estará convenientemente protegido para que nos e produzca condensación en su pared exterior y se evite la congelación del agua en su interior.

    5.5.7. Dimensiones mínimas del tubo ascendente o montante.

    El tubo que constituye el montante se ajustará, como mínimo al cuadro siguiente:

    

Capacidad de la llave de aforo en litros/días

Diámetro interior del tubo en mm.

Hasta 1.500

10

De 1.500 a 3.000

12

De 3.000 a 5.000

15

De 5.000 a 10.000

20

 

5.6 BATERÍA DE AFOROS.

    El suministro a varios abonados de un mismo inmueble se podrá hacer, previa autorización de la Delegación Provincial del Ministerio de Industria, mediante batería de aforos y tubos ascendentes o montantes independientes. La batería de aforos deberá cumplir las disposiciones siguientes:

    5.6.1. La batería de aforos dispondrá de los elementos necesarios para que sea sencilla la conexión de las llaves de aforo.

    5.6.2. En la instalación existirá una válvula que permita cerrar el agua que alimenta la batería.

    5.6.3. La situación de las llaves de aforo, una vez instaladas en la batería, así como la forma de ésta, permitirán la comprobación, en forma que se dice en 5.4.4. de cada uno de los aforos sin interferir el normal funcionamiento del resto.

    5.6.4. La pérdida de carga a lo largo de toda la batería será despreciable respecto a la de cada una de las llaves de aforo.

    5.6.5. La batería de aforo se situará en la planta baja del inmueble, en una cámara fácilmente accesible para el personal del suministrador. Será de dimensiones adecuadas para que se pueda proceder cómodamente a la comprobación de cada un o de los aforos, estar convenientemente protegida de la intemperie y dispondrá del desagüe de solera adecuado, así como de alumbrado.

    5.6.6. El tubo de alimentación que enlaza el ramal con la batería de aforos deberá ser de un material apropiado y adecuadamente protegido en todo su trayecto para impedir cualquier toma clandestina. Tendrá, como mínimo, las dimensiones siguientes:

    

Capacidad de la batería en litros/día

Diámetro nominal del tubo en mm.

Hasta 3.000

12

De 3.000 a 10.000

20

De 10.000 a 18.000

25

De 18.000 a 30.000

30

 

5.7 DEPÓSITOS DE RESERVA

    5.7.1 En la construcción de los depósitos para reserva de agua no se empleará material que sea absorbente o poroso.

    Los depósitos se dispondrán de forma que sea fácil su limpieza periódica.

    5.7.2 Aunque el nivel del agua debe estar en comunicación con la atmósfera, el depósito será cerrado y se garantizara la estanqueidad de las piezas y empalmes que están unidos a él.

    5.7.3 El tubo de alimentación verterá libremente y como mínimo 40 mm por encima del borde superior del rebosadero.

    5.7.4. El rebosadero del depósito estará convenientemente conducido a un desagüe apropiado, de manera que el extremo inferior de dicha conducción vierta libremente a 40 mm por encima del borde superior del elemento que recoja el agua.

    El trazado del tubo de rebosadero será lo mas directo posible, debiéndose evitar los puntos altos que puedan interrumpir el desagüe por acumulación de aire.

    El diámetro del tubo del rebosadero será como mínimo el doble del tubo de alimentación del deposito.

    5.7.5 El punto inferior del orificio de salida estará como mínimo 50 mm por encima del fondo del depósito.

    5.7.6 En la parte más baja del depósito se dispondrá un desagüe de fondo.

    5.7.7 Para mas de 500 litros de capacidad se instalaran dos depósitos en paralelo de capacidad mitad, conectados entre si por su parte baja y de manera que la entrada y salida del agua se efectúe en depósitos distintos.

    Cada uno de los depósitos dispondrá de rebosadero.

    5.7.8 La capacidad de reserva no será menor que las dos terceras partes de la dotación diaria del aforo ni mayor que el doble de la misma.

    En ningún caso será inferior a 200 litros.

    5.7.9 Los depósitos estarán situados en la parte alta del inmueble y de manera que la altura del fondo sobre el grifo más elevado sea como mínimo de 3 metros.

 

5.8 SOBREELEVACIÓN.

    Cuando la presión disponible en el ramal no exceda el nivel del agua en los depósitos de reserva por lo menos en 10 metros en el caso de la red de distribución mixta (aforos y contadores o en 5 metros en el caso de existir solo aforos, deberá ser instalado un sistema de sobreelevación.

    En tal caso, el suministrador entregará necesariamente el agua mediante un aforo general para todo el inmueble, debiendo el propietario hacer la división del caudal total mediante una batería de aforos. El aforo con sobreelevación precisa de un depósito auxiliar y de una bomba de sobreelevación como elementos adicionales. El depósito auxiliar puede ser abierto o cerrado, denominándose en este ultimo caso depósito a presión. En ambos casos debe constituir una unidad independiente de la estructura del inmueble.

    5.8.1 El depósito auxiliar recibe el caudal de la llave de aforo y alimenta la aspiración de la bomba con el agua acumulada durante el intervalo de paro. Su capacidad queda fijada en la tabla correspondiente.

    5.8.2 La bomba de sobreelevación debe ser capaz de elevar como mínimo un caudal igual al que resulta de multiplicar el caudal nominal del aforo por 1.5 a una altura de 10 metros por encima del nivel de los depósitos de los abonados.

    5.8.3 Ambos elementos deberán ser ubicados en una cámara dotada con luz eléctrica y desagüe directo a la alcantarilla.

    5.8.4 Se establecerá un retorno variable y se regulará de manera que el intervalo de tiempo entre dos paradas sucesivas de la bomba esté comprendido entre cuatro y cinco horas.

    5.8.5 Sobreelevación con depósito abierto.

    5.8.5.1 El depósito auxiliar debe estar provisto de una tapa que le aísle del exterior, impidiendo la entrada de polvo, pero que permita mantener la presión interior igual a la atmosférica.

    5.8.5.2 Se entiende por volumen útil del depósito auxiliar el determinado por la diferencia entre los niveles de agua máximo y mínimo que determinen el paro y la puesta en marcha de la bomba.

    Dicho volumen queda fijado por la siguiente tabla:

    

Sobreelevación con depósito abierto

Dotación diaria del aforo general en litros/día

Volumen útil de depósito auxiliar en litros

500

25

1.000

50

2.000

100

5.000

250

10.000

500

15.000

600

20.000

700

30.000

800

 

    5.8.6 Sobreelevación con depósito cerrado (a presión).

    5.8.6.1 El depósito auxiliar debe ser completamente estanco para impedir cualquier fuga de aire y mantener la presión interior.

    5.8.6.2. La puesta en marcha de la bomba debe producirse cuando la presión interior del depósito sea máxima e igual a la de la red multiplicada por 0,7.

    El paro de la bomba debe producirse cuando la presión interior del depósito sea mínima e igual a la de la red multiplicada por 0,3.

    5.8.6.3. La presión de la red será un dato facilitado por el suministrador.

    5.8.6.4 El depósito auxiliar estará dotado de una llave que permitirá su total vaciado y de un nivel que permita observar la cantidad de agua contenida en él. La operación de vaciado deberá realizarse, periódicamente, cada seis meses, o antes si se observase una aumento notable del nivel de agua en los instantes de paro y puesta en marcha de la bomba.

    5.8.6.5. El caudal suministrado por el aforo general medido bajo las condiciones de presión mínima (esto es, 0.3 veces la presión de la red) será un 15 por 100 mayor que el caudal nominal del aforo.

    5.8.6.6. Se entiende por volumen total del deposito auxiliar la suma de los volúmenes ocupados por el aire y el agua que contiene dicho recipiente.

    Dicho volumen queda fijado por la siguiente tabla:

    

Sobreelevación con depósito abierto

Dotación diaria del aforo general en litros/día

Volumen útil de depósito auxiliar en litros

500

100

1.000

180

2.000

350

5.000

850

10.000

1.700

15.000

2.500

20.000

3.300

30.000

5.000

 

    Este volumen puede ser reducido aproximadamente a su mitad, manteniendo las presiones que se indican en 5.8.6.2. mediante un compresor de aire.