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FACTOR RIESGO
FUENTE:
10
COD:
32
La renovación
mínima
del aire
de
los
locales de trabajo
será
de 30 m cúbicos de
aire
limpio
por
hora y trabajador
en
caso
de
traaabajos
sedentarios en ambientes no
calurosos ni contaminados
por
el
humo
de
tabaco.