1.- Las consecuencias de un riesgo para la salud del trabajador expuesto pueden ser: Ligeramente dañinas, dañinas o extremadamente dañinas. Considerándose ligeramente dañino:
Cortes y magulladuras pequeñas. Irritación de los ojos por el polvo. Dolor de cabeza y Disconfort. Las anteriores y Molestias e irritación.
Cortes y magulladuras pequeñas.
Irritación de los ojos por el polvo.
Dolor de cabeza y Disconfort.
Las anteriores y Molestias e irritación.
2.- Se consideran extremadamente dañinas para la salud del trabajador el cáncer y otras enfermedades crónicas que acorten severamente la vida.
Amputaciones. Fracturas mayores e intoxicaciones. Lesiones múltiples y lesiones fatales. Todas las anteriores son correctas.
Amputaciones.
Fracturas mayores e intoxicaciones.
Lesiones múltiples y lesiones fatales.
Todas las anteriores son correctas.